Recurso de amparo para que se exija al Gobierno el expediente secreto sobre el campo de tiro de Anchuras

Cuatro recurrentes contra el decreto del Gobierno de instalar un polígono de tiro en el término municipal de Anchuras (Ciudad Real) han pedido amparo al Tribunal Constitucional contra la resolución del Supremo que denegó el derecho a recabar del Ministerio de Defensa el expediente completo, clasificado como secreto, previo a la declaración de interés nacional de la zona. Los recurrentes invocan el derecho a la tutela judicial efectiva, que estiman violado por el Supremo, al haberse conformado con el envío por el Gobierno de un informe sin firma.

Félix Urbina Pérez, Ismael Sánchez Gu...

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Cuatro recurrentes contra el decreto del Gobierno de instalar un polígono de tiro en el término municipal de Anchuras (Ciudad Real) han pedido amparo al Tribunal Constitucional contra la resolución del Supremo que denegó el derecho a recabar del Ministerio de Defensa el expediente completo, clasificado como secreto, previo a la declaración de interés nacional de la zona. Los recurrentes invocan el derecho a la tutela judicial efectiva, que estiman violado por el Supremo, al haberse conformado con el envío por el Gobierno de un informe sin firma.

Félix Urbina Pérez, Ismael Sánchez Gutiérrez y los hermanos Lorenzo y Benigno Fernández Corroto piden al alto tribunal que restablezca el derecho que consideran vulnerado, y pala ello solicitan la anulación del auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 3 de julio de 1990 -que denegó la solicitud de reclamar al Gobierno la documentación mencionada y que el Constitucional declare procedente "requerir a la Administración para que remita la totalidad del expediente". El recurso de amparo, pendiente de admisión a trámite, ha sido elaborado por el letrado Blas Camacho Zancada, diputado del PP por Ciudad Real.Los recurrentes impugnan que, con ocasión del recurso contencioso-administrativo planteado contra la instalación d e un polígono de tiro en Anchuras, el Supremo haya admitido que la Administración no remita el expediente administrativo previo al decreto recurrido, así como que acepte como tal expediente un informe sin firma remitido, por el Ministerio de Relaciones con las Cortes, "que no sabemos", dicen, "el papel que juega en este asunto". En el mencionado informe, se señala, entre otras cosas, que Ias lógicas razones derivadas del secreto de las actuaciones ( ... ) no permiten mostrar a la luz y conocimiento públicús en toda su plenitud el rigor y minuciosidad con los que se han llevado a cabo los análisis valorativos oportunos".

Frente al criterio del Supremo, que admite que la ley de Secretos Oficiales permite a la Administración no remitir el expediente completo, los recurrentes hacen ver al Tribunal Constitucional que tal omisión "implica una mutilación esencial del propio acto [el decreto de 20 de julio de 19881 y de su revisión jurisdiccional". Estiman que las informaciones no facilitadas "son esenciales para conocer la motivación del acto administrativo", por lo que la no remisión de los mismos "infringe el derecho constitucional a una efectiva tutela judicial", ya que los recurrentes "difícilmente pueden ejercer su derecho de impugnación del real decreto en cuanto desconocen la motivación real del mismo y su fundamentación técnica".

Otra argumentación jurídica que sustenta el recurso de amparo es que, de no exigir tales datos, "el control jurisdiccional queda abolutamente a la discrecionalidad de la Administración, a la que le basta invocar el carácter secreto del acuerdo, sin remitir siquiera el acuerdo administrativo que declara el secreto para que la revisión no sea posible". Los recurrentes recuerdan que el decreto impugnado tiene su origen en la decisión urgente, sin ningún tipo de explicación, de trasladar el futuro polígono de tiro de Cabañeros a Anchuras (a 20 kilómetros de distancia aproximadamente), basándose en unas más que dudosas razones de cambio de ecosistema, por lo que mucho nos- tememos", señalan, "que no exista ningún tipo de expediente -ni secreto ni no secreto- y sí un alto componente político".

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