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Las industrias de alto riesgo deberán informar a la población sobre sus peligros

España, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un decreto sobre la prevención de accidentes mayores en determinadas actividades industriales, ha asumido la directiva dictada por la Comunidad Europea tras el trágico accidente que provocó un escape de dioxina en la localidad italiana de Seveso. En el decreto se regulan los planes de intervención exterior para accidentes que se produzcan en las industrias calificadas de alto riesgo, encuadradas en su mayoría en el sector químico y se establece la obligatoriedad de informar con antelación a la población cercana sobre los peligros existentes. Estas empresas disponen de un plazo de 18 meses a partir de la publicación del decreto, el pasado 5 de agosto, para presentar el informe sobre sus actividades y planes, si bien se da un plazo de seis meses para elaborar una declaración provisional que permita un mínimo de planificación.Todas las industrias afectadas por esta ley están obligadas a presentar una declaración en la que figure de forma detallada toda la información relativa a las instalaciones (localización, distribución, procesos tecnológicos, medidas adoptadas), a las sustancias químicas calificadas como peligrosas y a las situaciones de accidente mayor (planes de emergencia interior, planes de ayuda mutua entre establecimientos industriales, información necesaria para la elaboración de planes de actuación exterior, el nombre de la persona y sus suplentes que sean responsables de iniciar la aplicación del plan de emergencia interior, etcétera).

A la normativa de la CE se le conoce con el nombre, altamente descriptivo, de ley pos-Seveso, ya que trata de evitar catástrofes como la de Seveso, o las más recientes de Bopal (India) y Sandoz (Austria), y que en España no han faltado, aunque no hayan sido tan graves. Recuérdese el incendio de la refinería de Tarragona, o el más reciente de la fábrica de alcoholes de Cádiz.

Una de las novedades más importantes de esta nueva ley es la de la obligatoriedad de la autoridad competente, y de la propia industria, de informar a la población vecina de los posibles riesgos graves de las actividades industriales radicadas en su territorio, así como los que puedan derivarse de la implantación de nuevas industrias. Igualmente, los ciudadanos deberán estar al tanto de las medidas de autoprotección existentes en las mencionadas industrias, al tiempo que recibirán las instrucciones que seguir en caso de alarma por accidente mayor en el interior de aquéllas.

Seguridad interna

Se trata del último eslabón de una cadena que empieza con los planes de seguridad interna, que comienzan por la obligación de informar a los propios trabajadores de los riesgos a que se someten diariamente, al tiempo que se les habilita y entrena para una actuación inmediata en el caso de que el riesgo se concrete en un accidente.Con este fin los industriales estarán obligados a partir de ahora a identificar y evaluar los posibles riesgos de accidentes mayores en sus instalaciones, a elaborar el correspondiente plan de emergencia interior.

Con todo ello se pretende la preparación de los equipos de bomberos y los centros de protección civil próximos a las instalaciones, ante la eventualidad de una intervención en caso de accidente mayor, con el fin de que sepan en todo momento dónde y cómo iniciar su actuación.

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