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Cuando la historia se repite

Carlos Yárnoz

En mayo de 1985, AP presentó una querella contra "la persona o personas que hayan realizado las investigaciones de las actividades del partido u otros responsables". El juez encargado de la causa, José María Vázquez Honrubia, interrogó a mandos policiales, consiguió pruebas del espionaje policial a AP y estimó que había indicios suficientes criminalidad. En julio de ese año, el juez remitió al Tribunal Supremo una copia del sumario y le comunicó que había "indicios o sospechas" de que, entre los implicados, figuraban el vicepresidente del Gobierno, Alfonso Guerra; el ministro del Interior, José Barrionuevo, y el diputado del PSOE Eduardo Martín Toval.El Supremo eximió de responsabilidades a los tres y Vázquez Honrubia decidió archivar la causa. Disconforme con la decisión del Supremo, el fiscal de la causa, Carlos Ladrón de Cegama, abandonó su actividad profesional en ese proceso. Para entonces, PCE y PDP ya habían presentado querellas por el mismo motivo y fueron añadidas a la causa. En julio de 1986, la Audiencia Provincial de Madrid, aceptando los recursos del PCE, ordenó reabrir el sumario. El propio fiscal general del Estado, entonces Luis Antonio Burón Barba, promovió el recurso contra la reapertura del sumario, iniciativa que también efectuaron los abogados de la Dirección General de la Policía.

Más información
El comisario Martínez Torres y otros cinco policias declararán ante el juez por el espionaje al PCE

Ahora, una vez que el juez dispone ya de documentos sobre el PCE encontrados en poder de policías, se inicia idéntico proceso al que se en su día se efectuó con AP. Por tanto, la posibilidad de que realmente resulten procesados altos cargos resulta remota, según expertos jurídicos. Es más posible el procesamiento de algunos policías de bajo rango -los que realizaron el espionaje por encargo o con el consentimiento de sus superiores-, pero es esa posibilidad la que las propias autoridades judiciales estimaron en su día como injusta, ya que supondría hacer pagar las consecuencias de una irregularidad sólo a los de menor rango.

Además, y de acuerdo con decisiones anteriores de la Audiencia Provincial, el espionaje policial en sí no puede considerarse un delito como tal -no hay legislación sobre los límites concretos de los servicios de información-, sino los posibles métodos ilícitos utilizados para ello.

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Sobre la firma

Carlos Yárnoz
Llegó a EL PAÍS en 1983 y ha sido jefe de Política, subdirector, corresponsal en Bruselas y París y Defensor del lector entre 2019 y 2023. El periodismo y Europa son sus prioridades. Como es periodista, siempre ha defendido a los lectores.

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