Carta Europea de los Derechos del Niño Hospitalizado

- Derecho del niño a no ser hospitalizado sino en el caso de no poder recibir los cuidados necesarios, y en las mismas condiciones, en su casa o en un consultorio.- Derecho a estar acompañado de sus padres o de la persona que los sustituya el máximo de tiempo posible durante su permanencia en el hospital, no como espectadores pasivos, sino como elementos activos de la vida hospitalaria.

- Derecho a ser informado -en función de su edad, de su desarrollo mental y de su estado afectivo- de los diagnósticos y de las prácticas terapéuticas a las que se le somete

- Derecho de sus padre...

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- Derecho del niño a no ser hospitalizado sino en el caso de no poder recibir los cuidados necesarios, y en las mismas condiciones, en su casa o en un consultorio.- Derecho a estar acompañado de sus padres o de la persona que los sustituya el máximo de tiempo posible durante su permanencia en el hospital, no como espectadores pasivos, sino como elementos activos de la vida hospitalaria.

- Derecho a ser informado -en función de su edad, de su desarrollo mental y de su estado afectivo- de los diagnósticos y de las prácticas terapéuticas a las que se le somete

- Derecho de sus padres o de la persona que los sustituya a recibir todas las informaciones relativas a la enfermedad y al bienestar del niño, siempre y cuando el derecho fundamental de éste al respeto de su intimidad no se vea afectado por ello.

Más información

- Derecho a no ser sometido a experiencias farmacológicas o terapéuticas. Sólo los padres, debidamente advertidos de los riesgos y de las ventajas de estos tratamientos, tendrán la posibilidad de conceder su autorización, así como de retirarla.

- Derecho a no recibir tratamientos médicos inútiles y a no soportar sufrimientos físicos y morales que puedan evitarse.

- Derecho a ser tratado con tacto, educación y comprensión, y a que se respete su intimidad.

- Derecho a recibir durante su permanencia en el hospital los cuidados prodigados por un personal cualificado que conozca perfectamente las necesidades de cada grupo de edad tanto en el plano fíisico como en el afectivo.

- Derecho a ser hospitalizado junto a otros niños, evitando todo lo posible su hospitalización entre adultos.

- Derecho a disponer de locales amueblados y equipados de modo que respondan a sus necesidades en materia de cuidados, de educación y de juegos, así como a las normas oficiales de seguridad.

- Derecho a proseguir su formación escolar durante su permanencia en el hospital y a beneficiarse de las enseñanzas de los maestros y del material didáctico que las autoridades escolares pongan a su disposición.

- Derecho a disponer durante su permanencia en el hospital de juguetes adecuados a su edad, libros y medios audiovisuales.

- Derecho a poder recibir estudios en caso de hospitalización parcial (hospitalización diurna) o de convalecencia en su propio domicilio.

- Derecho a la seguridad de recibir los cuidados que necesita -incluso en el caso de que fuese necesaria la intervención de la justicia- si los padres o la persona que los sustituya se los niegan por razones religiosas, de retraso cultural, de prejuicios u otras.

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