Una sentencia del Tribunal Supremo considera ilegales los sueldos de concejales y diputados provinciales

Una sentencia de la Sala 4 del' Tribunal Supremo, dictada el 2 de octubre de 1984, declara ilegales los sueldos de concejales y diputados provinciales, según publicó ayer el diario Egin. La sentencia se limita a aplicar la legislación vigente al basarse en un decreto aprobado el 22 de junio de 1979 número 1531/ 79 sobre regulación de asignaciones y otras compensaciones a sus miembros en el que se fija que "las Corporaciones Locales podrán señalar asignaciones a los Alcaldes y Presidentes de las mismas,, así como los gastos de representación y dietas a sus miembros electivos por asistencia a la...

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Una sentencia de la Sala 4 del' Tribunal Supremo, dictada el 2 de octubre de 1984, declara ilegales los sueldos de concejales y diputados provinciales, según publicó ayer el diario Egin. La sentencia se limita a aplicar la legislación vigente al basarse en un decreto aprobado el 22 de junio de 1979 número 1531/ 79 sobre regulación de asignaciones y otras compensaciones a sus miembros en el que se fija que "las Corporaciones Locales podrán señalar asignaciones a los Alcaldes y Presidentes de las mismas,, así como los gastos de representación y dietas a sus miembros electivos por asistencia a las sesiones y reuniones de las Comisiones Informativas".Según Eguin, la sentencia prohibe asignar a los miembros de las Corporaciones Locales unas cantidades fijas en su cuantía y periódicas en su vencimiento, a modo de sueldos, ya que legalmente sólo está permitido cobrar dietas y gastos de representación por asistir a las sesiones y ello en concepto de indemnizaciones por el tiempo dedicado a esa actividad pública y previa justificación de la misma.

La sentencia según el diario vasco, afecta a numerosos ayuntamientos y diputaciones provinciales donde están establecidos sueldos fijos.

Fuentes del Partido Socialista Obrero Español manifestaron ayer que el problema ya figura subsanado por la Ley de Régimen Local aún si discutir por los plenos del Congreso y del Senado. A finales del pasado mes de octubre la Comisión de Administraciones Públicas en el debate de la ley de Bases de Régimen Local aprobó que los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribución por el ejercicio de sus cargos, aunque sólo cuando los desempeñen con dedicación exclusiva.

La citada ley establece que la percepción de remuneraciones es incompatible con cualquier otra a cargo de los presupuestos de las administraciones públicas.

En la citada comisión José María Aznar, del Grupo Popular, defendió la misma tesis que se mantiene en el decreto frente a la postura que entonces defendía Jaume, Antich, del PSOE y que fue la aprobada. Según los socialistas los tiempos en los que sólo los que estaban en buena posición económica podían dedicarse al ayuntamiento han pasado motivo por el que la ley, con la adjudicación de retribuciones, da acceso a personas que de otra forma no podrían hacerlo.

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