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TRIBUNALES

El fiscal pide un año de cárcel para un enfermero que recetó supositorios en un caso de gangrena

El fiscal de la Audiencia Provincial de Barcelona ha solicitado, con carácter provisional, que se imponga un año de prisión al enfermero Alfonso Gea Palomo por un presunto delito de imprudencia temeraria, al recetar supositorios en un caso de gangrena, por lo que tuvo que amputársele el brazo a un muchacho de doce años. La instrucción de esta causa ha concluido once años después del suceso y cuando la víctima está a punto de acabar la carrera, que con muchos esfuerzos han podido costear sus padres.

La historia de este caso judicial se remonta al mes de noviembre de 1972 y tuvo como marco un barrio suburbial de Terrassa, Barcelona, donde un muchacho de doce años cayó de un columpio, fracturándose el brazo. El día 8 de noviembre el muchacho fue trasladado urgentemente a la Mutua de Terrassa, ya que se quejaba de persistentes dolores en la zona que le había sido escayolada.Las quejas del muchacho y de los familiares fueron recibidas por un enfermero del centro, Alfonso Gea Palomo, que restó importancia a los dolores del pequeño y le entregó unos supósitorios calmantes, recomendándole que volviera al día siguiente, para ser visitado por un médico.

Amputación del brazo

El diagnóstico final de los especialistas fue una gangrena gaseosa, localizada en el brazo, que podía haberse atajado si se la hubieran localizado a tiempo. El remedio fue tajante y al pequeño le tuvo que ser amputado el brazo.Se iniciaba de esta manera un largo proceso judicial que tuvo que enfrentarse a las más diferentes situaciones procesales. El letrado penalista Jordi Claret Andreu fue sorteando hábilmente cada uno de los obstáculos, llegando incluso a conseguir el dictamen de varios especialistas que han señalado que lo más oportuno y aconsejable en estos casos es retirar la escayola.

Sin embargo, y a pesar de estos dictámenes, la acusación mantenida contra este enfermero se basa sobre todo en el hecho de que no informara al médico y no se le aplicara al pequeño el tratamiento oportuno. En virtud de este argumento el fiscal ha calificado los hechos como constitutivos de un delito de imprudencia temeraria del 565 del Código Penal y ha reclamado, con carácter provisional, que se imponga al acusado un año de prisión y se le obligue a pagar una indemnización de dos millones de pesetas. La acusación particular reclama una pena de seis años de cárcel y una indemnización de cinco millones de pesetas.

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