Pensiones y Constitución
He tenido la desgracia de perder a mi esposo el día 31 del pasado mayo y, a pesar del dolor por que atravieso, he tenido que empezar a tramitar mi pensión de viudedad, pues la vida sigue su curso y aun sin nuestros seres queridos hemos de sobrellevarla.Tengo 74 años y soy jubilada de Renfe desde el año 1968, y mi marido lo era desde 1969, jubilación que tuvo que hacer acogiéndose a una circular de jubilaciones adelantadas, a causa de padecer una enfermedad.
Desde dichas fechas veníamos cobrando, yo la mínima de la Seguridad Social (actualmente 20.315 pesetas), y mi esposo 21.159 pesetas. Pues bien, en Pensiones de Renfe, en el paseo del Rey, número 6, me notifican que no me va a quedar la pensión de 15.430 pesetas que para viudas de más de 65 años da la Seguridad Social. Que ahora, según la aplicación del Real Decreto 47 / 1980, de 11 de enero, rigen unas nuevas normas; se llama complementaria a la segunda pensión, y ésta se rebaja aplicándose un tanto por
ciento del sueldo regulador en la fecha en que se efectuó la jubilación; y, a pesar de que mi esposo haya trabajado durante 41 años en los ferrocarriles, y haya cotizado para que sus deudos cobrasen con arreglo a la situación de la vida a su fallecimiento, todo se suprime de un plumazo y se deja desamparados a los que cobran menos.
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¿Cómo no se respetan los derechos que nos concede la Constitución? Veo que, si no es respetada la Constitución, menos se atenderá mi petición de que se estudie nuevamente el Real Decreto 47 / 1980, de 11 de enero.
Y nada más, señor; por todo esto y por otras varias razones, nos hacen ver que no es correcta la forma en que están ustedes gobernando el país. /
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