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La justicia da la razón a los Franco en la propiedad de las estatuas del Pórtico de la Gloria

Una sentencia rechaza en primera instancia la petición del Ayuntamiento de Santiago de Compostela de que le sean devueltas

Vicente G. Olaya
Las dos estatuas del Pórtico de la Gloria que están en poder de la familia Franco.
Las dos estatuas del Pórtico de la Gloria que están en poder de la familia Franco.

La familia Franco, heredera de los bienes del dictador Francisco Franco Bahamonde, ha ganado la primera batalla del Pórtico de la Gloria, antesala románica de la catedral de Santiago de Compostela. El Juzgado de Primera Instancia número 41 de Madrid les ha dado la razón en el litigio sobre la propiedad de dos estatuas del Maestro Mateo que reclamaba el Ayuntamiento compostelano. Estas habían desaparecido de la casa consistorial en 1954, coincidiendo con la visita del general a la ciudad con motivo del Año Santo. Pero la juez Adelaida Medrano no reconoce al Consistorio gallego ni “el justo título” de su propiedad, ni siquiera que sean las mismas que ornamentaron el pórtico original hasta 1521, cuando se desmontó su peristilo, y se las llevó a su pazo el conde de Ximonde. En 1948, el Ayuntamiento se las compró a sus herederos por 60.000 pesetas en dos pagos.

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La magistrada argumenta para dejar en manos de los nietos del dictador las imágenes que el municipio no presentó fotos que demostrasen que estas estuvieran en la entrada del Consistorio ni tampoco que realizase la segunda parte de los pagos a los Ximonde. Sin embargo sí admite los argumentos de los Franco: se las compraron a un particular del que no recuerdan su nombre ni tienen recibos. ¿La prueba?  "Es una tradición oral familiar", dijeron.

En concreto, la sentencia señala que “todo lo razonado en los fundamentos de esta resolución, determinan la desestimación de la demanda formulada por el Ayuntamiento de Santiago, pues no concurren los requisitos necesarios para la viabilidad de la acción reivindicatoria dado que la parte actora no ha identificado los bienes cuya titularidad reclama, como tampoco su carácter de bienes demaniales [que no se pueden vender], a lo que se añade el hecho de que, aún de haber concurrido tal identificación, la titularidad de los bienes habría sido adquirida por la demandada conforme a derecho por medio del instituto de la usucapión, y la acción reivindicatoria habría quedado prescrita al consumarse esta última”. Es decir, si los Franco compraron las estatuas legalmente (supuestamente a un privado, aunque no se acuerden de a quién) o se las llevaron en 1954 del Ayuntamiento, el delito está prescrito. El Consistorio siempre ha mantenido que Carmen Polo, esposa del dictador, se encaprichó de ellas durante una visita a Santiago e hizo que se las llevaran primero a su casa de Cornide (Coruña) y luego a su pazo veraniego de Meirás. Directamente.

Pero la magistrada desestima “íntegramente” la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de Santiago contra los herederos de los Franco —María del Carmen, Jaime Felipe, María Aránzazu, José Cristóbal, María del Mar y María de la O Martínez-Bordiu Franco— y contra la inmobiliaria Pristina SL, que es la auténtica propietaria de estas joyas del románico. La juez, entre sus argumentaciones, esgrime que si bien el Ayuntamiento pudo comprar  las dos imágenes en 1948 ese acto no es suficiente para demostrar que son suyas, porque es necesario adscribirlas a un servicio público. "Ya que la simple compra no hace a las mismas de dominio público, sino la adquisición unida a un destino de uso o servicios públicos", dice.

La magistrada insiste en que el Ayuntamiento solo aportó en el juicio los documentos de compraventa ante notario de las dos estatuas, "pero ninguno referido a los hechos posteriores a tal evento, como si nada hubiese acaecido tras esta fecha", Es decir, la juez sostiene que el Consistorio debería haber indicado dónde iba a colocarlas, porque eso demostraría administrativamente que eran de su propiedad, algo parecido a lo que hizo con la talla de una virgen que compró en aquellas fechas y cuya ubicación en la ciudad fue votada en pleno. Los Franco no tenían que demostrar nada porque ellos sí las tenían en una de sus propiedades.

La juez  -que acepta la mayoría de las argumentaciones del abogado de los nietos del dictador, Juan José Aizcorbe- sostiene, además, que el Ayuntamiento no pudo demostrar que abonó la segunda parte del pago acordado (30.000 pesetas) con el conde de Ximonde, ni tampoco las 400.000 que deberían abonársele en el caso de que las figuras abandonasen Santiago, como así fue en la década de los años cincuenta camino del pazo de Meirás. Lo resume así: El Consistorio "tendría que haber probado que aceptaba la condición resolutoria impuesta por el vendedor (las 400.000 pesetas) y que la Corporación documentaba el pago de la mitad del precio (las restantes 30.000)". Además, según la magistrada falta el "acta de recepción" de las figuras románicas y la "decisión de la comisión permanente acordando el emplazamiento y ubicación que a lo adquirido se daba".

La juez se muestra tremendamente crítica con el perito que el Ayuntamiento presentó en el juicio para intentar recuperar las estatuas. No considera válidos los testimonios que el especialista recogió cuando empezó a estudiar el caso porque estos se remontan a hace 31 años y no da los nombres de los testigos. "Resulta sorprendente la credibilidad probatoria de un dictamen cuyo objeto fue estudiado por su autor 31 años antes de ser elaborado, y causando todavía mayor extrañeza que el perito pueda recordar en 2017" lo que le dijeron tres décadas antes. Por eso, "la verosimilitud del contenido del informe pericial" es "nula".

Según la sentencia, el Consistorio tampoco aportó ninguna fotografía de las esculturas en su sede (Palacio de Raxoi) ni registró estas joyas del románico en su listado de bienes, a pesar de que pudieron estar durante seis años en el concejo municipal. "Esta nueva ausencia documental impide a este órgano tener por probado que las estatuas fueran recibidas realmente por el Ayuntamiento", explica. Los Franco sí podían confirmar, en cambio, que las prestaban a Patrimonio cuando se las pedian para alguna exposición sobre la catedral de Santiago o el románico, la última en 2017.

Sin embargo, la magistrada pone, incluso, en duda que las esculturas de los Franco sean realmente del Pórtico de la Gloria, ya que el perito de la acusación no fue capaz de "detallar el lugar donde debieron estar colocadas" en el peristilo que se desmontó en 1521 cuatro de las nueve figuras que componían este. Además, argumenta que en un informe de 1933 se detalla que una de las figuras está fracturada, lo que no concuerda con ninguna de ellas en la actualidad. "Las dos estatuas reivindicadas por el Ayuntamiento son descritas como no fragmentadas sino enteras con el natural deterioro de su antigüedad, y de hecho si observamos las dos imágenes, percibimos a simple vista dos estatuas completas sin fractura alguna". Por lo tanto, según la juez, no son las mismas porque no les ve ninguna raja.

Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación en 20 días ante el juzgado, algo que hará el Ayuntamiento de Santiago, según confirmó su alcalde. “Vamos a recurrir. Esto no tiene sentido. Hemos demostrado que estaban en el Ayuntamiento y que se las llevaron”, señala Martiño Noriega.”Una cosa es que digan que haya prescito, y otra que ni siquera hayamos demostrado que estaban en el Ayuntamiento hasta que los Franco se las llevaron. Estamos indignados”, dice.

El Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago mostró hasta el siglo XVI un aspecto distinto del actual. Era de mayores proporciones y contaba con una antesala (peristilo o exonártex) presidida por un gran arco central y dos puertas laterales y decorada por siete u ocho esculturas de profetas y reyes. En 1521, esta soberbia estructura del maestro Mateo fue desmontada y sus figuras distribuidas por diferentes lugares. Dos ellas acabaron en manos de los Franco, pero todo está prescrito.

En el siglo XVIII, las esculturas del Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago de Abraham e Isaac fueron a parar a las manos del conde de Ximonde, que las guardó en un pazo de su propiedad. El Ayuntamiento de Santiago defendió durante el juicio, aportando documentos, que en junio de 1948 el Consistorio se las compró a los descendientes del noble. De ese modo, estuvieron en la casa consistorial entre 1948 y 1956, cuando desaparecieron para terminar en la residencia veraniega del dictador. Y ahora ya son suyas, para siempre si el recurso no prospera.

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Sobre la firma

Vicente G. Olaya
Redactor de EL PAÍS especializado en Arqueología, Patrimonio Cultural e Historia. Ha desarrollado su carrera profesional en Antena 3, RNE, Cadena SER, Onda Madrid y EL PAÍS. Es licenciado en Periodismo por la Universidad CEU-San Pablo.

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