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En colaboración conLa Ley
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Choque judicial entre banca y pymes por la nulidad de los créditos avalados por el ICO

Cientos de empresas piden anular los avales personal de socios y administradores por la mala información que se les dio durante la comercialización

ICO
Sede del Instituto de Crédito Oficial (ICO).PABLO MONGE

La batalla judicial por el pago de los avales ICO ha empezado. La primera demanda fue acogida en el juzgado de primera instancia número 2 de Lérida el pasado 26 de septiembre. Los socios de una pyme demandan al BBVA después de que este les comunicara que debían responder con su patrimonio personal por el 100% de un préstamo en principio avalado al 80% por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Los afectados piden a los tribunales la nulidad del aval, o al menos del 80% que asume el Estado a través del ICO, por la mala información que se les dio durante la comercialización de esta financiación. Desde el despacho de abogados Fieldfisher (letrados de la pyme demandante) explican que cuando se comenzaron a dar estos préstamos, a finales de marzo de 2020 con el estallido de la pandemia, los bancos informaron a los clientes de que el Estado se haría cargo del 80% del aval del préstamo.

Todo parece apuntar a que la guerra continuará. A esta demanda, ya admitida a trámite, se suman otras 50 ya presentadas y más de 300 en camino. No en vano, según un informe de estabilidad financiera del Banco de España, el 22,7% de los préstamos ICO Covid-19 (unos 20.000 millones de euros) estarían en riesgo de impago.

Hay que recordar que la suscripción de estos préstamos y, o créditos se realizó en un momento en que la población estaba confinada y las empresas cerradas. Muchas de estas pólizas se firmaron de forma remota y sin haber acudido previamente a la oficina para obtener el asesoramiento necesario. La información que proporcionaba el banco, en muchas ocasiones, no era más que la que constaba en sus propias páginas web.

Según la argumentación defendida por la pyme demandante, la entidad financiera les exigió una fianza solidaria por el 100% del préstamo, pero lo hizo tras ofrecerles el producto condicionado a la obtención del “aval a primer requerimiento” del ICO respecto del 80% de su importe.

Con el aval “a primer requerimiento” el garante, en este caso el ICO, asume el deber de pagar la obligación desde el mismo momento en que sea requerido por el acreedor y sin oponer excepciones de ningún tipo.

Comunicación

Los gestores de la empresa entendieron que, una vez conseguido el aval público, lo que se comprometían a pagar era el 20% restante. La demanda expone además numerosos ejemplos de intervenciones de miembros del Gobierno, extractos de los medios de comunicación y anuncios comerciales en los que se promocionaba el producto en los términos asumidos por los denunciantes. De hecho, el propio presidente del Gobierno en las comparecencias de 17 y 18 de marzo de 2020 indicaba: “El Estado será el garante de las operaciones”.

A su juicio, la entidad bancaria no comunicó debidamente que el ICO solo estaba asumiendo una responsabilidad subsidiaria de lo que no pudiera afrontar el prestatario. En otras palabras, que, si la empresa deudora no pagaba el préstamo que estaba avalando sus administradores tendrían que hacer frente al 100% del crédito con todos sus bienes presentes y futuros, y solo si no fuese suficiente, el ICO se haría cargo del resto (no al revés, como se puede inferir de la expresión “a primer requerimiento”).

Por su parte, la entidad bancaria defiende que la concesión de los avales del ICO era una garantía más, adicional a las habituales que las entidades financieras solicitan al conceder un préstamo. El despacho Uría Menéndez, encargado de la defensa del banco, apuntó en su contestación a la demanda que “no era, por el contrario, una garantía sustitutiva de las ordinarias que debían aportar empresas y empresarios”.

Los bancos prefieren ignorar, tal y como explica Jordi Ruiz de Villa, socio del área de Litigios y Franquicias en Fieldfisher, que en la cláusula y en el anexo insertado en esos contratos se hacía referencia a que la garantía personal del empresario se condicionaba a que el ICO concediera un aval del 80% del importe y, en caso de no concederse, el préstamo se resolvía automáticamente.

Morosidad en las líneas ICO

 

Agujero. El sector bancario calcula que pueden entrar en mora hasta 25.000 de los más de 122.000 millones concedidos en créditos ICO, y eso implicaría que el Estado tendría que poner 20.000. Un agujero inasumible para las cuentas públicas. La morosidad de las líneas ICO subió del 2% al 5,1% entre junio de 2021 y mediados de 2022, según la autoridad bancaria europea EBA (European Banking Authority). Estas cifras evidencian que ya había créditos con aval del ICO por valor de 5.069 millones clasificados como dudosos, de los que el Estado debería responder.

Vigilancia. Los supervisores y reguladores europeos ya expresaron su preocupación a comienzos de septiembre de 2022. Fue entonces cuando la EBA (European Banking Authority), el regulador de los seguros europeos, Eiopa (European Insurance and Occupational Pensions Authority), y ESMA (European Securities and Markets Authority) advirtieron que “las instituciones financieras y los supervisores debían prepararse para un deterioro en la calidad de los activos en el sector financiero, sobre todo en los que se beneficiaron de medidas temporales relacionadas con la pandemia y aquellos que son particularmente vulnerables al deterioro del entorno económico”.

 

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