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La nueva rebaja del IVA eléctrico, del 10% al 5%, tendrá un coste trimestral de 220 millones

El descuento anunciado por Sánchez irá en la prórroga de las medidas anticrisis La rebaja acumulada total costará cerca de 600 millones cada tres meses

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este miércoles una nueva rebaja en el IVA aplicado a la electricidad, que pasará del 10% al tipo mínimo aplicado a la energía, fijado el 5%. Se trata del segundo recorte para la luz en menos de un año, después de que el verano pasado el Gobierno rebajara el tipo de tributación del 21%, el general, al 10%, tipo reducido. La rebaja se aprobará en el Consejo de Ministros extraordinario de este sábado, en el que el Ejecutivo prorrogará las medidas de emergencia adoptadas para contener el impacto de la crisis energética, entre las que está la rebaja temporal del IVA.

La rebaja del 10% al 5%, según los cálculos que ofrece el Ministrerio de Hacienda, tendrá un coste aproximado de 220 millones de euros al trimestre. Si el descuento se computa desde el tipo general del 21% al reducido del 5%, el coste suma otros 380 millones. Es decir, un total de 600 millones. El coste del conjunto de las medidas tributarias que afectan al recibo eléctrico, que abarca también la rebaja del impuesto especial sobre la electricidad y la suspensión del impuesto de generación eléctrica, asciende a los 1.800 millones trimestrales.

El cálculo del Ejecutivo contrasta con el de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), que reducen el impacto total de la rebaja del 21% al 5% a una horquilla que oscila entre los 430 y los 460 millones de euros al trimestre.

Sánchez hizo este anuncio durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso, en respuesta al portavoz de ERC, Gabriel Rufián, quien precisamente le pedía que actuara ante el crecimiento de la inflación que, advirtió, puede “arrasar” al Gobierno.

Otras medidas en este paquete son la rebaja de 20 céntimos de euro por litro de combustible, con ayudas directas a sectores como el transporte, el ganadero y el lácteo, o la prohibición de subir los alquileres por encima del 2%. También se contempla prorrogar el incremento del 15% del ingreso mínimo vital, o el aumento de los beneficiarios del bono eléctrico. En el mercado de la luz, se prolongará la reducción del impuesto especial eléctrico del 5,11% al 0,5%, el mínimo legal, y se suspenderá el impuesto especial de generación, que tenía un gravamen del 7%.

El presidente volvió a culpar al conflicto en Ucrania de la subida de precios de los últimos meses. Recordó que el Ejecutivo ya ha tomado medidas para ayudar a familias y empresas y garantizó que las seguirán tomando. En paralelo, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció esta semana un recargo fiscal adicional a las empresas del sector eléctrico que grave los beneficios extra. La medida, en todo caso, no se aplicará hasta 2023, y está por ver su forma legal. Este recargo nace de una propuesta de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien también abogó por una rebaja del 50% en el transporte público y un cheque de 300 euros para familias vulnerables.

Las medidas de emergencia hasta el 30 de junio tendrán un coste que se calcula en torno a los 7.000 millones de euros. La prolongación del paquete puede llevar el impacto fiscal al entorno de los 12.000 millones, sin tener en cuenta cambios como el contemplado en el IVA.

La directiva permite un segundo tipo reducido no inferior al 5%

La estructura de tipos impositivos vigente en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España está compuesta por un tipo general del 21%, otro reducido del 10% y otro denominado superreducido del 4%. El anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de recortar el impuesto a la electricidad hasta el 5% viene a crear, de facto, un segundo tipo reducido, no inferior al 5%, además del reducido genérico del 10%. Este cambio resulta acorde con la última modificación de la Directiva 2020/285 que se llevó a cabo el pasado 5 de abril. La norma europea recoge que los países pueden fijar un tipo general que en ningún caso puede ser inferior al 15%, así como un máximo de dos tipos impositivos reducidos, en este caso no inferiores al 5%, que podrán aplicarse a las actividades recogidas en el punto 22, que trata en concreto “el suministro de electricidad y de calefacción y refrigeración urbana y biogás producido por materias primas”.

La modificación de la directiva, por lo tanto, deja una puerta abierta para que cualquiera de los productos que aparecen en la lista, y que ahora tributan al 10%, puedan ver reducida su fiscalidad por debajo de esta cifra, aunque nunca por debajo del citado 5%, tal y como va a hacer España con el IVA de la electricidad. De esta manera, la directiva deja margen a los países para que a medida que avancen las consecuencias de la guerra puedan reducir este tipo del 10% para reducir la inflación.

El anexo III, además, incluye nuevos productos y servicios que tributan a un tipo impositivo reducido. Aparte del suministro eléctrico, la directiva europea incluyó en abril la ropa y el calzado infantil, el suministro de asientos infantiles para acoplar en automóviles, así como el suministro de bicicletas, incluidas las eléctricas o los servicios de alquiler y reparación de bicicletas. Los servicios jurídicos a personas con contrato de trabajo y a personas desempleadas en el marco de un proceso ante un tribunal de lo laboral, así como los servicios jurídicos prestados en el marco de la asistencia jurídica gratuita, también aparecen en la lista.

La entrega de obras de arte, objetos de colección y antigüedades, también se añade a la lista que contempla un total de 29 bienes o servicios.

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