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El Gobierno se reúne para dotarse del poder de parar la circulación o intervenir fábricas

El Consejo de Ministros extraordinario de este sábado toma las primeras medidas amparadas en el estado de alerta

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia en La Moncloa.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su comparecencia en La Moncloa.Efe

“Desde el Gobierno de España haremos lo que haga falta, cuando haga falta y donde haga falta”, reiteró el viernes el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, al anunciar una medida excepcional: la declaración del estado de alarma en todo el país para hacer frente a la pandemia del coronavirus. La medida, que habilita al Gobierno para tomar medidas que van desde limitar la circulación de personas a requisar bienes privados pasando por intervenir fábricas, tendrá una duración de 15 días desde este sábado. La oposición política, parte de la cual venía exigiendo ya la medida con anterioridad, aplaudió la decisión, abriendo la puerta a prorrogar la medida de excepción a su término, potestad reservada ya al Congreso de los Diputados.

El estado de alarma será decretado oficialmente este sábado en un Consejo de Ministros extraordinario, después de que la decisión fuera rechazada en el del jueves, en el que se aprobará “un conjunto de medidas excepcionales” a su amparo. Estas podrían incluir el cierre de algunas regiones de alta transmisión, como Madrid o Vitoria, siguiendo la estela de Italia, el país europeo más afectado. De hecho, con más de 4.200 infectados y 120 fallecidos registrados en la tarde del viernes, el Gobierno no descarta igualar las cifras del país vecino y superar los “más de 10.000 afectados” la próxima semana.

Después de todo, antes del anuncio Murcia ya había confinado a 375.000 personas de sus localidades turísticas, Cataluña a otras 70.000, y Madrid o la Comunidad Valenciana ya habían decretado el cierre de bares y restaurantes.

Esta es “una emergencia que amenaza la salud y el bienestar de todos y que no atiende ni a fronteras ni internas ni externas”, alertó Sánchez.

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“La declaración del estado de alarma permite movilizar al máximo los recursos materiales para combatir el virus”, avanzó Sánchez, pero, añadió, “hay un recurso fundamental que está más allá de cualquier ley o decreto y me gustaría apelar a los compatriotas: la victoria depende de cada ciudadano en su hogar, en su familia, en su trabajo, en su vecindario”. “El heroísmo consiste también en lavarse las manos, en quedarse en casa y en protegerse uno mismo para proteger al conjunto de la ciudadanía”, subrayó, requiriendo a todo el país “unidad, responsabilidad y disciplina social”.

“Ahora es el momento de apoyar medidas extraordinarias para situaciones extraordinarias”, defendió el viernes el líder de la oposición, Pablo Casado, avalando la declaración del estado de alarma. El presidente del PP acusó a Sánchez, en todo caso, de haber ido “a remolque de los acontecimientos” de cometer “graves negligencias” como permitir la manifestación “multitudinaria” del Día Internacional de la Mujer el pasado domingo.

Un solo precedente

La declaración del estado de alarma está regulada por la Ley Orgánica de 4/1981, de 1 de junio, y la propia Constitución española, si bien solo había sido aplicada una vez desde la instauración de la democracia: fue en 2010 con motivo de la crisis de los controladores aéreos. Países como Portugal, con muchos menos casos, también decidieron ponerla en marcha el viernes.

“Estamos solo en la primera fase de un combate contra el virus que libran todos los países del mundo y en particular nuestro continente, Europa. Nos esperan semanas duras. Dijimos que vendrían días difíciles y tomamos medidas a la altura de esa dificultad”, remachó Sánchez, que un día antes había anunciado la inyección de 14.000 millones a la economía y 3.800 millones a la sanidad como primer paso para combatir el virus. 

Nuevos poderes

La declaración del estado de alerta supone poner al servicio del Gobierno de Pedro Sánchez todas las autoridades civiles de la Administración pública así como los cuerpos de seguridad autonómicos o locales.

Durante los 15 días que dure (salvo que el Congreso de los Diputados la prorrogue), el Ejecutivo tendrá potestad para limitar la circulación o permanencia de ciudadanos o vehículos en determinados lugares, a ciertas horas o bajo determinadas circunstancias. También podrá requisar temporalmente cualquier tipo de bien e intervenir y ocupar industrias, fábricas, talleres, explotaciones o cualquier otro tipo de local e incluso movilizar al personal de las empresas privadas. Quedan fuera de su campo de actuación, eso sí, los domicilios particulares.

Como parte de la medida excepcional, el Gobierno también podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad e impartir órdenes para garantizar el abastecimiento de los mercados o el funcionamiento de los servicios de centros de producción.

Durante la duración del estado de alarma no podrá ser disuelto el Congreso de los Diputados ni interrumpido el funcionamiento del Parlamento. En caso de incumplimiento de las órdenes recibidas, los funcionarios infractores serán suspendidos de su puesto.

El estado de alarma está contemplado en la Constitución como herramienta para enfrentar catástrofes medioambientales, situaciones de desabastecimiento, paralización de los servicios públicos esenciales y crisis sanitarias, como epidemias o pandemias, siendo este último el caso del coronavirus.

Más allá, la Carta Magna también contempla la posibilidad de declarar el estado de excepción y el estado de sitio, que conllevan la suspensión de derechos de los ciudadanos, si bien una crisis sanitaria no implicaría activar estas medidas de excepción alternativas.

El Consejo de Ministros extraordinario de este sábado por la mañana tiene previsto aprovechar las prerrogativas que comporta para poner en marcha una batería de medidas de control de la pandemia que el presidente del Gobierno coordinará por la tarde con los responsables de las distintas comunidades autónomas por videoconferencia.

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