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Regulación

La pequeña empresa tendrá más facilidad para salir a Bolsa y colocar deuda

La norma reduce la exigencia de información a las pequeñas firmas. El reglamento entra en vigor el domingo y evitará el arbitraje regulatorio

EFE

La sequía de sangre nueva en las Bolsas hace saltar las alarmas. En la española, no se ha producido ni una OPV en lo que va de año. Solo en EE UU se han producido estrenos significativos, como Uber, Pinterest o Beyond Meat. La UE es consciente desde hace años que el acceso a los mercados es demasiado complicado. Y para rebajar los obstáculos, el domingo entrará en vigor un reglamento que simplifica la elaboración de los folletos necesarios para colocar acciones en una OPV o vender deuda. Las pequeñas y medianas empresas (pymes), entre ellas las españolas, serán las grandes beneficiadas.

La actual regulación sobre la información que una empresa debe poner negro sobre blanco antes de emitir acciones o bonos data de una directiva de 2003, que ha quedado obsoleta, según los expertos consultados. Su adaptación por parte de los distintos países ha dado lugar a una fragmentación del mercado europeo. El reglamento, de aplicación directa, pone fin a esto de una vez y para siempre.

“La nueva norma tiene como uno de sus principales objetivos unificar los folletos en la UE y por tanto evitar el arbitraje regulatorio. El reglamento no se dirige solo a los emisores, también a los propios supervisores, para evitar que haya diferencias de criterio, por ejemplo, entre la CNMV española o la BaFin alemana. Los folletos serán fácilmente comparables y además está previsto que se celebren reuniones periódicas en el coordinador de las comisiones europeas de valores, ESMA, para aunar los criterios”, explica Gonzalo García-Fuertes, socio de Garrigues.

Uno de los sectores que serán más mimados por la nueva regulación será el de las pymes, que en España suponen el 99,8% del total. La normativa sentencia que “el coste de elaborar un folleto normal puede llegar a ser desproporcionadamente elevado y disuadirlas de ofertar sus valores al público”. Para solucionar este problema, se crea un nuevo tipo de folleto, denominado de la Unión de crecimiento.

El reglamento evitará que haya diferencias de criterios por parte de los distintos supervisores europeos

Empresas de reducido tamaño que no tengan admitidos valores en un mercado regulado (como la Bolsa española) podrán emplearlo. Un reglamento delegado publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el pasado 21 de junio rebaja a la mínima expresión las exigencias de este documento, con un contenido reducido y un orden fijo de presentación de la información. Las compañías que podrán utilizar este documento para salir al mercado son las que cumplan al menos dos de los siguientes criterios: contar con un número de empleados inferior a los 250, un balance que no supere los 43 millones de euros y una facturación inferior a los 50.

También podrán acogerse al nuevo régimen simplificado las empresas que coticen en los denominados mercados de pymes en expansión. Estos son sistemas multilaterales de negociación, como el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). En todo caso, la capitalización media de estas compañías durante tres años no puede superar los 500 millones de euros.

Hay un tercer tipo de ofertas que se podrán lanzar con el nuevo salvoconducto. Las de importe inferior a 20 millones de euros por parte de compañías que no estén en una plataforma alternativa y siempre que tengan menos de 500 empleados.

Con todo, fuentes financieras señalan que el estreno en los mercados oficiales, como la Bolsa, de las pymes continuará siendo excepcional, puesto que siempre será más sencilla su puesta de largo en plataformas como el MAB. Si bien, entre las últimas OPV españolas destacan firmas pequeñas, como Árima, que salió en octubre, con una capitalización inicial de 100 millones, y SolarPack, en diciembre, con un valor de 266 millones.

La emisión de renta fija de empresas españolas en otras Bolsas, principalmente la irlandesa o la luxemburguesa, ha llevado a que la CNMV acelere sus procesos y elimine las obligaciones exclusivamente españolas y a que BME rebaje sus tarifas. “Creemos que la nueva norma contribuirá a evitar que los emisores elijan otros países con supervisores más laxos en cuanto a exigencias en los folletos; y facilitará en general la emisión de valores, al hacerla más barata y sencilla en el país de origen”, señala el socio de Garrigues.

El MAB sacará partido de la nueva normativa

Solicitud a la CNMV. El gestor de los mercados oficiales españoles, BME, ha pedido a la CNMV que el MAB, un sistema multilateral de negociación, tenga el sello de mercado de pymes en expansión, según fuentes conocedoras de la solicitud. Una vez que lo consiga, las empresas que cotizan en la plataforma podrán utilizar la nueva fórmula de folleto con menores exigencias. Así, las emisiones de acciones (ampliaciones de capital) que lancen las firmas que coticen en este mercado de pymes podrán registrar sus documentos en el supervisor que preside Sebastián Albella, con el certificado de calidad que ello supone.

La principal característica que ha de cumplir el MAB para lograr esa calificación es que al menos el 50% de sus empresas sean pymes conforme a la definición europea en cuanto a número de empleados, balance y facturación. Además, ha de cumplir con otras cuestiones técnicas. Las fuentes consultadas señalan que BME espera ese registro en el futuro inmediato, antes en cualquier caso de arranque 2020.

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