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Regulación

La banca deberá ofrecer cuentas gratis a las personas que ganen menos de 13.000 euros

Economía acelera la norma para tenerla lista antes de las elecciones y la AEB protesta

 La ministra de Economía, Nadia Calviño.
La ministra de Economía, Nadia Calviño.EFE

La ministra de Economía, Nadia Calviño, ha aprobado la norma que regula las cuentas de pago básicas. Los ciudadanos podrán tener una por un importe máximo de 36 euros al año, con todos los servicios incluidos en ese precio. La banca deberá además ofrecerlas gratuitamente a los que ingresen menos de 13.000 euros al año.

Una vez se publique la norma en el BOE, en los próximos días los bancos deberán ofrecer el producto con un precio tasado. Los clientes de todas las entidades podrán utilizar las sucursales para ingresar o retirar dinero, dispondrán de tarjeta de débito, podrán sacar dinero sin coste adicional en cajeros y podrán realizar hasta 120 operaciones de pago –léanse, transferencias o recibos– anuales dentro de la Unión Europea a través de internet o presencialmente. Cuando se supere ese número, las comisiones no podrán ser superiores a las que aplica la entidad de forma habitual.

Esta regulación data de una directiva de julio de 2014 que debió haber sido traspuesta en 2016. El Gobierno anterior adaptó la norma genérica a finales de 2017, pero no puso precio a esas cuentas básicas. El precio final será de tres euros al mes, como se recogía en el acordó en el borrador de la norma publicado pasado 18 de julio. Y deben ser deben ser “ofrecidas a todos los ciudadanos”, según explica el ministerio en una nota.

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Pero el actual Ejecutivo ha decidido dar una vuelta de tuerca a la legislación y ha definido un régimen específico de acceso a este tipo de cuentas para los consumidores más vulnerables que por esta razón quedan excluidos del acceso a unos servicios financieros. Esto no tendrán que pagar ni siquiera los 3 euros mensuales. 

El Gobierno ha acelerado al máximo los plazos para que esta norma, que se configura como real decreto, pueda tener el visto bueno del Consejo de Ministros antes de que se celebren las elecciones del 28 de abril. El plazo de consulta pública se ha reducido a siete días desde los quince días habituales y el dictamen del Consejo de Estado, necesario para dar luz verde a la norma, se acelerará todo lo posible para que esté a tiempo. 

La AEB avisa de que el precio establecido es inferior a lo que cuesta el servicio

Desde la Asociación Española de Banca (AEB) estiman que el precio máximo establecido es inferior al coste de la operación del servicio y añaden que "en España es masivo el acceso de la población a servicios financieros con precios en general un 60% inferiores a la media europea". A juicio de la AEB, la normativa europea no pretende que tengan acceso a una cuenta bancaria básica las personas que pueden abrir una cuenta bancaria ordinaria ni tampoco pretende que las entidades ofrezcan este producto a pérdida". Con todo, la asociación señala que "los bancos siempre han estado a favor de precios máximos de servicios para personas necesitadas, estableciendo baremos claros".

Los bancos no podrán cobrar por la cuenta a los clientes con unos ingresos inferiores a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que se sitúa actualmente en 6.454,03 euros, cuando sea una única persona. Es decir, los clientes que ganen menos de 12.908,1 brutos al año. Si en la unidad familiar, calculada a efectos de la de ley del IRPF, hay dos o tres personas, se permite que los ingresos sean de 2,5 veces el IPREM (16.135,1 euros), y 3 veces (19.362 euros) si hay cuatro personas o más.

La gratuidad de la cuenta de pago básica se mantendrá durante el periodo de dos años desde su contratación, salvo que la entidad pueda acreditar que el cliente ha dejado de estar dentro de colectivo de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión social. Una vez concluido este periodo, el banco solicitará al cliente que actualice la información que prueba esos ingresos.

Coste cero

Los clientes deben acreditar el número de personas que forman la unidad familiar con el libro de familia y el certificado de empadronamiento. Para dar pruebas de sus ingresos presentarán, según el caso, un certificado de rentas, las ultimas tres nóminas, el certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo, el certificado acreditativo de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas y los ayuntamientos. 

En caso de trabajadores por cuenta propia, deberán llevar el certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad. Si el cliente no dispone de renta alguna justificable a través de los documentos anteriores, deberá presentar un informe del ayuntamiento en el que esté empadronado, en el que se motive la idoneidad para el acceso a la gratuidad de una cuenta de pago básica. 

Daño a la rentabilidad del sector

Desde una entidad financiera señalan que se forzará la prestación de servicios a un precio que puede que no cubra los costes, lo que dañaría la rentabilidad. Una parte de las grandes entidades españoles dispone de una amplia red de oficinas y cajeros. CaixaBank es el banco que más cajeros tiene, alrededor de 9.000, junto con Bankia y BMN (más de 6.000), Santander (5.000) y Sabadell (más de 3.000), según los datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

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