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La Audiencia de Pontevedra tumba el registro de Hacienda contra el ‘rey de las verbenas’ de Galicia

El fallo abre la puerta a que el empresario se libre de 47 años de prisión y millonarias multas

Actuación de la orquesta París de Noia en 2015.
Actuación de la orquesta París de Noia en 2015.óscar corral

El mayor empresario musical de Galicia, Ángel Martínez Pérez, Lito, representante de orquestas como Panorama, París de Noia o Filadelfia en las que Hacienda puso la lupa para descubrir un enorme agujero económico en la doble contabilidad, ha ganado su segunda batalla en los tribunales. La Audiencia de Pontevedra ha considerado nulo el registro que hizo la Agencia Tributaria (AEAT) en sus empresas en 2013, lo cual podría poner en riesgo todas las causas por las que Lito afronta 47 años de prisión y multas que superan los 40 millones de euros.

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El fallo de la sección segunda de la Audiencia considera el registro de la AEAT nulo al haber sido autorizado como una actuación administrativa que luego derivó en una causa penal. Ratifica así la absolución del conocido como rey de las verbenas en mayo de 2018, que había sido recurrida por la Fiscalía y la Abogacía del Estado por una de las cuatro acusaciones que formularon contra él.

En el registro que la Agencia Tributaria hizo en las oficinas de la empresa Representaciones Lito, bajo la supervisión de un juez de lo contencioso-administrativo, los inspectores de Hacienda encontraron diversa documentación que demostraba que eran propietarios de varias orquestas. Pero ahora la Audiencia tumba la validez de las pruebas sobre comisión de delitos fiscales a través de la orquesta Filadelfia y libra a Lito de una condena de cuatro años de prisión y una multa de casi 300.000 euros.

El criterio de la Audiencia se produce un año después de que el empresario fuese condenado a 12 años de prisión por impago del IVA y el abono de 36 millones de euros entre multas e indemnizaciones al Estado en base a este mismo registro de Hacienda, condena que está pendiente de revisión al haber sido recurrida ante el Supremo. Además tiene pendiente otro juicio por el que afronta otros 35 años por más de una docena de delitos y que fue aplazado por problemas de salud del empresario.

La sentencia anula las pruebas de la acusación obtenidas por Hacienda porque afectó a personas no mencionadas en el auto que autorizó el registro, entre ellas, Ángel Martínez y dos socios. Considera que los inspectores no levantaron acta reflejando la documentación intervenida, no hay relación de documentos intervenidos ni rastro de comunicación al juez contencioso del resultado de la prueba, entre otros fundamentos jurídicos expuestos por el juez, por lo que estima que las pruebas no sostienen la acusación por delito fiscal.

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“Es preciso señalar que no toda actividad inspectora conlleva sin más el descubrimiento de deuda susceptible de integrar delito fiscal, pero sí todo delito fiscal conlleva, en general, una previa actividad inspectora, pues no puede olvidarse que esta es precisamente una de las funciones principales de la Agencia Tributaria y de los Inspectores de Hacienda que la integra”, argumentó el juez en el fallo.

El Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre la sentencia recurrida por Ángel Martínez en la que se ha planteado la nulidad de la actuación inspectora de Hacienda. Según ella, Lito vertebró la mayor empresa de representaciones musicales de Galicia, con volumen de negocio en otras comunidades autónomas, a través de la sociedad Representaciones Lito, SL. Pero la empresa, según Hacienda, en 2011 y 2012 solo declaró la facturación de los espectáculos de las orquestas que contrataban organismos oficiales como Diputaciones y Ayuntamientos, que suponía entre el 8% y el 10% de los ingresos, respectivamente. El resto, un 90% de la facturación, provenía de comisiones de fiestas u otras entidades sin personalidad jurídica que no se declaraban.

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