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Dos jueces eximen a Nokia y Dell de pagar el canon digital

Las sentencias recogen la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para rechazar que las dos empresas paguen la compensación por copia privada

Más leña al fuego. Si hace casi un mes fue la Audiencia de Barcelona la que absolvió a la tienda de informática Traxtore, propiedad de la empresa Padawan, del pago del canon por copia privada a la SGAE, en esta ocasión son los juzgados de lo mercantil número seis y siete de Madrid los que han fallado a favor de Nokia y Dell en sendos procesos contra entidades de gestión de derechos de autor por los pagos relacionados con el canon digital.

Las sentencias recogen la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado octubre y confirman que las compañías no tienen que abonar las cantidades requeridas y pueden solicitar la devolución de los pagos realizados.

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El viernes pasado fue la Audiencia Nacional la que anuló "de pleno derecho" la orden ministerial que fijó las tarifas del canon digital en 2008 porque debía haber sido aprobado con memoria justificativa y económica y dictamen del Consejo de Estado, como cualquier otro reglamento normativo. Y hace ya más de cinco años, el informático Reynaldo Cordero fue el primer ciudadano que consiguió que la justicia española considerase el pago de canon a los diez CD que compró en una tienda y que iba a utilizar para almacenar programas libres un cobro de lo indebido.

Nokia y Dell han sido dos de las compañías que han mantenido batallas legales con las entidades de gestión. Las dos empresas consideran que se trata de un impuesto que no debería afectar a las compañías privadas ya que sus equipos y soportes no están destinados a copias de material de autor.

En este sentido, la Asociación De Gestión De Derechos Intelectuales (AGEDI), la asociación Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (AIE) y de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) presentaron una demanda contra Nokia por el impago del canon el 12 de marzo de 2009. Estas entidades reclamaban a la finlandesa el pago de 5.132.237 millones de euros. En una vista posterior la cantidad se rebajó a los 4.516.007 millones de euros.

Nokia, en espera de la resolución judicial ahora publicada, había ido ingresando el importe del canon pero sin hacerlo accesible a las compañías de derechos, como medida preventiva. Ahora, el fallo del juzgado número seis de Madrid exime a Nokia de tener que pagar la compensación.

En la sentencia del tribunal se explica que el canon "es contrario al principio de jerarquía normativa, contraria al Derecho comunitario y nacional". El juez encargado del caso de Nokia ha tenido en cuenta la sentencia de Luxemburgo y la cancelación del canon efectuada por la Audiencia Nacional.

Además de eximir a Nokia del pago, la sentencia abre la puerta a que las empresas privadas puedan solicitar la devolución de las tasas en concepto de canon. Fuentes de la compañía manifiestan su satisfacción por una resolución que da respuesta a sus quejas. También reconocen la necesidad de compensar a los autores, pero con otras fórmulas que no supongan un abuso para ciudadanos, empresas y administraciones.

El caso de Dell ha sido similar al de Nokia. El juzgado de lo mercantil número siete de Madrid ha fallado a favor de la compañía en una demanda interpuesta por las entidades de gestión de derechos Cedro y Vegap, porque el fabricante de ordenadores se había negado a pagar el canon sobre equipos de impresión para uso propio.

Cedro y Vegap reclamaban a Dell 661.519,11 euros en concepto de canon sobre impresoras que utilizaba para sus actividades. La compañía declaró en el proceso que ya "ha pagado mucho más de lo que debería pues entiende que no tiene que declarar ni liquidar por todos los equipos sino solo por los vendidos a particulares".

El juez se ha amparado en las directrices europeas para dar la razón a Dell. La demanda de Cedro y Vegap ha sido denegada y ambas compañías tendrán que hacer frente a las costas del proceso. El juez ha dejado abierta la posibilidad de que Cedro y Vegap presenten apelaciones ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El Gobierno tiene en sus manos un monumental embrollo que puede inundar los tribunales de reclamaciones. La Universidad de Granada, por ejemplo, ya ha ordenado a sus responsables de gastos y al personal administrativo que controlen si los proveedores de bienes y servicios cargan importe alguno en concepto de canon digital, rechazando las facturas que lo incluyan, según recoge el sitio Destejiendo la web.

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