Entre el ayuno religioso y el hambre real
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no ha aplicado el agravante de aprovechamiento de domicilio en la condena a un hombre que mató a su mujer porque considera "episódico" que el crimen se cometiera en la vivienda conyugal. Fuentes judiciales lamentaron el argumento del tribunal y recordaron que un 90% de las agresiones contra mujeres se producen en la vivienda conyugal, lo que conlleva mayor indefensión para la víctima.