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La Audiencia de Toledo desestima el recurso de Telma Ortiz

El tribunal reitera la condena a la hermana de la princesa a pagar las costas del juicio, estimadas en 45.000 euros

La Audiencia Provincial de Toledo ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Telma Ortiz Rocasolano, hermana de la Princesa Letizia, y su pareja, Enrique Martín Llop, contra el auto dictado en mayo pasado que se opuso a la adopción de medidas cautelares en defensa de su imagen y privacidad. La Audiencia, en un auto de 24 páginas hecho público hoy condena a Ortiz a pagar las costas del juicio, estimadas en su día en 45.000 euros.

La vista por medidas cautelares solicitada por Telma Ortiz se celebró en Toledo el pasado 12 de mayo, y tras la misma, tres días después, el Juzgado de Instrucción número tres de Toledo desestimó la demanda imponiendo las costas a la hermana de la Princesa de Asturias y alegando que tanto ella como su pareja eran "personas con proyección pública". La pareja pretendía que la cincuentena de medios de comunicación demandados se abstuvieran de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir su imagen, salvo en aquellos casos en los que participara en actos oficiales como hermana de la Princesa de Asturias.

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El tribunal ha apoyado la sentencia anterior, aunque expresa sus "dudas generales" sobre si la cooperante puede ser considerada o no un personaje público, pilar del dictamen de la juez que la emitió. "Esas dudas generales", prosiguen los jueces, "se nos acrecientan si se tiene en cuenta que la Sra. Ortiz Rocasolano sí tiene, con independencia de su asistencia a actos protocolarios u oficiales, una cierta proyección pública". El auto recuerda que la hermana de la princesa ha presentado libros y colaborado con ONGs como Cruz Rojo o Médicos Sin Fronteras. Al intervenir en actos sociales y oficiales "ha dado pie a considerar que por actos propios, al responder a cuestiones de tipo íntimo, se ha colocado en una situación de mayor relieve social, sin bien que de modo muy limitado".

"La sentencia se sustenta en dudas"

Los jueces han asegurado que "todo lo dicho lleva consigo que esta Sala no pueda afirmar ni negar, del modo tan tajante a como se recoge en el auto recurrido, si en este caso se da o no la condición de persona con proyección pública puesto que ni por la jurisprudencia, contradictoria (...), ni por el contenido de la actividad de Dª Telma Ortiz, cabe sostener una posición clara". A pesar de las dudas, los magistrados señalan que se han "limitado a a exponer cuál es la consideración de la jurisprudencia española".

El auto rechaza también en una larga exposición el argumento de los abogados de los demandados de que la posible imposición de medidas cautelares sea un acto de "censura previa". Nada más conocerse públicamente la sentencia, los abogados de Telma Ortiz y Enrique Martin Llop han emitido un comunicado en el que resaltan las dudas de la Audiencia Provincial sobre la proyección pública de la pareja y dicen no compartir "en modo alguno" la resolución, que se sustenta en "dudas".

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