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El fracaso de los partidos para pactar pone en marcha los plazos para el 26-J

El Rey firma el decreto de convocatoria electoral que recogerá la fecha del 10 de junio para inicio de la campaña

Hemiciclo vacío en el Congreso de los Diputados.
Hemiciclo vacío en el Congreso de los Diputados. ULY MARTÍN

Empieza oficialmente la marcha hacia el 26-J por la incapacidad de los partidos para llegar a acuerdos y porque su fracaso ha llegado al límite legal que obliga a volver a consultar a los ciudadanos. La legislatura más corta termina oficialmente y se ponen en marcha los plazos para las elecciones generales del 26 de junio, aunque los principales partidos habían tirado la toalla hace semanas y se limitaban desde entonces solo a ver transcurrir el tiempo para la repetición de elecciones.

El presidente del Congreso, Patxi López, acudirá este martes a las 9,30 a la Zarzuela para que el Rey firme el decreto de convocatoria de elecciones generales para el 26 de junio. Será la primera vez que un presidente de las Cortes refrende el decreto de convocatoria y la primera que se aplica la previsión constitucional de elecciones automáticas por falta de acuerdo de investidura.

Ningún candidato ha logrado los apoyos suficientes tras la investidura frustrada del socialista Pedro Sánchez y la decisión de Mariano Rajoy de declinar la propuesta del Rey de intentar buscar un acuerdo, pese a liderar al partido más votado el pasado mes de diciembre. PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos admiten implícitamente su fracaso, pese a haber repetido el idea de que aceptaban el mensaje de los ciudadanos para negociar y llegar a acuerdos. Los vetos cruzados han llevado a la situación insólita de bloqueo institucional, sin garantías de que no vuelvan a llegar a la misma situación tras las elecciones del 26-J. De hecho, la convocatoria llega con el cruce de reproches por la atribución mutua de culpas por el fracaso.

Los plazos para las elecciones

Desde la publicación del decreto de convocatoria empiezan a correr los plazos de la ley electoral.

A los 10 días hay que comunicar las coalición electorales y el 18 de mayo las listas de las candidaturas. La campaña empezará el 10 de junio y terminará la noche del 24, cuando arranque la jornada de reflexión.

El voto por correo y el de los residentes ausentes debe solicitarse antes del 28 de mayo. Los residentes fuera de España tienen que votar en urna en los consulados entre el 21 y el 24 de junio.

Las nuevas Cortes se constituirán antes de los 25 días después de las elecciones, es decir, sobre el 19 o 20 de julio.

Los partidos recibirán 21.167,64 por cada escaño obtenido en el Congreso o el Senado. 0,81 euros por cada voto conseguido por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado. Y 0,32 euros por cada voto de los hubieran obtenido escaño de senador. El 20-D se repartieron casi 53 millones.

Es la primera vez desde 1978 que se aplica el artículo 99 de la Constitución que asegura que: “Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso”.

El plazo acaba a las cero horas del lunes 2 al martes 3, el decreto se publicará en la edición electrónica del BOE a media mañana del martes día 3. López lo remitirá al BOE a la vuelta de Zarzuela y entrará en vigor en ese momento, para que los comicios puedan celebrarse el 26 de junio.

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Consulta al Gobierno

El decreto ha sido consultado con el Gobierno que debe encargarse de poner en marcha el proceso y aportar los datos del censo.

Por ejemplo, se recogerá en el decreto el número de escaños que se elegirán en cada circunscripción y que solo incluirá una modificación respecto al reparto del pasado 20 de diciembre. Debido a variaciones en el censo de población, la circunscripción de Valencia ganará un escaño (pasará de 15 a 16) y la de León perderá uno (se elegirán 4 en lugar de 5).

Esta información fue facilitada hace días al presidente del Congreso por el Gobierno aportando los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Recogerá la fecha del 10 de junio para inicio de la campaña electoral y, previsiblemente, el 19 o el 20 de julio para la constitución del nuevo Congreso. Ese acto tuvo lugar el 13 de enero, tras las elecciones del 20 de diciembre.

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El 13 de mayo es la fecha para presentar las coaliciones y el 18 para las listas de las diferentes candidaturas.

Según los cálculos de la Presidencia del Congreso, antes de final de julio empezará la ronda del Rey para la investidura. Según esos cálculos a mediados de agosto podría tener lugar la investidura del futuro presidente, siempre que haya acuerdo para elegir a un candidato. Legalmente no hay ningún impedimento para repetir una tercera vez o más las elecciones, siempre y cuando haya una investidura fallida y, por tanto, puedan correr los plazos de dos meses.

A pesar de que la mayoría absoluta del Congreso que ahora se disuelve está a favor de modificar la ley Electoral ha sido imposible hacerlo en esta legislatura. Ni siquiera para eliminar el llamado voto rogado para los españoles residentes en el extranjero.

Todos los partidos estaban a favor de eliminar esta traba legal que impide votar a muchos españoles y hubiera bastado con una mínima reforma urgente de la ley electoral, pero ni siquiera fue presentada. Solo hubo una iniciativa para crear una subcomisión que estudiara esa reforma. Se aprobó pero, obviamente, no llegó siquiera a constituirse por falta de tiempo.

Con el decreto de convocatoria todos los diputados y senadores pierden su acta, salvo los adscritos a la Diputación Permanente de cada una de las Cámaras.

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