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El Supremo critica las deficiencias de la inspección de la CNMV

El supervisor bursátil no sancionó a las agencias del ‘caso Investahorro’, ahora condenadas

Íñigo de Barrón
Juan Fernández Armesto, expresidente de la CNMV, en una entrevista en 2000.
Juan Fernández Armesto, expresidente de la CNMV, en una entrevista en 2000.Uly Martín

El Tribunal Supremo acaba de cerrar el periplo judicial de un fraude (en forma de estafa piramidal) que ocurrió hace 16 años en Aragón: el caso Investahorro.El alto tribunal ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a las tres sociedades de Bolsa imputadas en este escándalo: Mercado y Gestión de Valores AVA (MG), Agentes de Bolsa y Asociados (ABA) y Benito y Monjardín (hoy en manos de Espírito Santo Investments).

Los tres intermediarios, colaboradores de Investahorro, deberán indemnizar a los más de 500 inversores particulares con 21,2 millones más los intereses, lo que puede elevar la factura a los 30 millones, según Víctor Javier Ruiz, abogado de la Asociación de Afectados de Investahorro.

Además de la firmeza de la sentencia (que ha desatado la alegría de la Unión de Consumidores de Aragón), el texto destaca por la dura crítica del Supremo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ante su deficiente actuación. La Audiencia dijo haber actuado en este caso con “imparcialidad, objetividad y tipicidad, al contrario del criterio de clara y excesiva oportunidad con la que ha venido actuando el regulador del mercado de valores”.

En su escrito, el Supremo va más lejos que la Audiencia: “Esta sala comparte plenamente las reflexiones en relación con las deficiencias observadas en la función de inspección por parte de la CNMV. Sin duda una inspección seria y efectiva de la CNMV hecha a las agencias de valores recurrentes [ABA, MG y Espirito Santo] tal vez hubiera podido evitar situaciones como la expuesta. Sin control efectivo solo se está ante una apariencia de control”. Fuentes jurídicas consultadas afirmaron que esta es la sentencia más dura contra la CNMV.

El Supremo ha desestimado el recurso de las agencias, que basaron su inocencia en que la CNMV no les abrió ningún expediente sancionador, lo que llamó la atención de los dos tribunales. La Comisión se limitó a multar a Investahorro con 300.000 euros, y con la misma cantidad al administrador único, José María Navarro Sánchez. El Banco de España fue más benévolo, que multó a la sociedad con 60.000 euros por captar ahorro sin ser una entidad financiera.

En aquel momento, la Comisión estaba presidida por Juan Fernández Armesto, que acudió al Congreso el 29 de junio de 1999 para tratar este caso. Ante el estupor de los presentes, y sobre todo de las víctimas, dijo: “Investahorro es uno más de los chiringuitos financieros contra el que la CNMV y el Banco de España vienen actuando con redoblados esfuerzos. Hemos actuado en nuestros ámbitos con perfecta coordinación y notable eficacia. Hemos iniciado y concluido procesos sancionadores contra Investahorro y su administrador y hemos ordenado el cese de su actuación irregular”, si bien su actuación fue a posteriori, cuando el daño estaba hecho.

Sin embargo, lo que más dolió a los afectados fue el final de la intervención de Armesto: “Por otro lado, están los clientes de Investahorro que sabían, o con un mínimo de diligencia pudieron haber sabido, que la sociedad no estaba autorizada a captar fondos del público”. Es decir, que señaló que ellos tenían que haber sabido algo que el propio supervisor de los mercados ignoró. Una treintena de los estafados han fallecido y no verán su costoso triunfo, en el que la CNMV también ha sido condenada.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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