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El Supremo rechaza levantar la suspensión cautelar de Garzón

El Consejo General del Poder Judical ratificará mañana la medida.- La defensa del juez recuerda que la decisión no prejuzga el sentido favorable o desfavorable de la sentencia final

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la petición del juez Baltasar Garzón de paralizar la suspensión provisional de funciones que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial adoptó contra el magistrado el pasado 19 de abril de 2011, tras haberse abierto juicio oral contra él por una presunta prevaricación por intervenir las conversaciones entre los cabecillas de la trama Gürtel y sus abogados en prisión.

El alto tribunal ha rebatido todos los argumentos que Garzón presentó para justificar la paralización de su segunda suspensión. El magistrado ya se encuentra suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el 14 de mayo de 2010, por investigar los crímenes del franquismo. El Supremo rechaza así que con la medida adoptada por el CGPJ perjudique su prestigio profesional y su imagen pública, ya que "en todo caso el Sr. Garzón ya está apartado del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales".

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Precisamente por estar ya suspendido, el magistrado alegó en su recurso que una segunda medida semejante era "de contenido imposible, pues no se puede suspender de funciones a quien ya esté suspendido". El Supremo explica que la decisión tomada el 19 de abril por el CGPJ es "una consecuencia derivada directamente de la causa penal" relacionada con las escuchas en la cárcel del caso Gürtel "y va directamente ligada al proceso [...] de la misma forma que se puede acordar la prisión provisional en distintos procedimientos penales en quien ya está en dicha situación". Este motivo, según la Sala, determina que la "resolución acordada" por el CGPJ no es "ni de contenido imposible, ni carece de utilidad".

El Supremo también ha rechazado el argumento de Garzón en el que esgrimía que el interés público no resultaría afectado si su petición fructificara. Para el alto tribunal, la paralización de la medida sí afectaría al interés público ya que el sometimiento a un juicio penal de un miembro de la carrera judicial por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo supone "un perjuicio y descrédito evidentes para la Administración de Justicia" y provoca un "daño cuya preservación debe prevalecer, confrontado con el que podrían sufrir el honor y la fama" de Garzón.

El alto tribunal tampoco considera que la medida cautelar vulnere el principio de igualdad, en relación con una sentencia que el Supremo dictó el 14 de octubre de 2009 y a la que Garzón apela en su petición para defender que en dicho fallo se concluye que la suspensión provisional no debe aplicarse a un juez "con carácter reglado e inexorable", cuando se determina proceder contra él por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. El Supremo alega que el "supuesto de hecho de que parte esa sentencia es distinto".

Una decisión que no comparte la defensa del magistrado que en una nota explica que la Sala "no tiene en cuenta que la citada sentencia se invoca no porque el caso sea idéntico, sino porque en aquella sentencia se decía que la suspensión no debe acordarse automáticamente, sino cuando fuere necesaria", un requisito que los abogados de Garzón creen que no concurre porque el juez ya está suspendido.

No obstante, los abogados del magistrado advierten de que la decisión del Supremo no prejuzga el sentido favorable o desfavorable de la sentencia final.

El Supremo concluye que la medida tampoco vulnera otros derechos fundamentales reclamados por el juez, como el derecho al honor o a la presunción de inocencia, porque "estamos ante una medida que el CGPJ ha de tomar imperativamente, cuando se dan las circunstancias del presente caso".

El Pleno del CGPG ratificará la medida mañana

Además de recurrir el acuerdo de suspensión de la Comisión Permanente del CGPJ, Garzón también solicitó al Supremo que dicha decisión se excluyera del orden del día del pleno que el órgano de gobierno de los jueces celebrará mañana. Sin embargo, el alto tribunal tampoco ha accedido a la petición del juez, por lo que mañana la medida cautelar adoptada el pasado 19 de abril será ratificada.

El juez Baltasar Garzón.
El juez Baltasar Garzón.RAÚL CANCIO

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