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El Ayuntamiento de Madrid privatiza el sistema de licencias

La Junta de Gobierno aprueba la reforma de la ordenanza con la promesa de que el 60% de los negocios abrirá sin trámites.- El PSOE rechaza los cambios y aboga por la "gestión pública"

El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado hoy que el 60% de los negocios de nueva implantación podrá abrir sus puertas sin necesidad de ningún procedimiento administrativo, sólo con una comunicación al consistorio. La cara B es que el resto, los que sí necesiten trámites, los harán a través de empresas privadas en lo que el Ayuntamiento llama una "externalización parcial" del serivicio. Se trata, ni más ni menos, que de la futura Ordenanza de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades de la capital, la reforma que Alberto Ruiz-Gallardón prometió a raíz del caso Guateque, que destapó una red de corruptelas en torno a las licencias y unos trámites demasiado largos y costosos. El portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, David Lucas, se ha opuesto al proyecto, aprobado esta mañana inicialmente por la Junta de Gobierno, porque asegura que debe ser exclusivamente la iniciativa pública quien gestione estas autorizaciones.

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La Ordenanza, según han informado en rueda de prensa el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, y el delegado de Hacienda, Juan Bravo, encarga la mayoría del resto de los casos a "organismos de control urbanístico" (OCU) con la debida autorización. Bravo no ha hablado de "privatización" pero sí de "externalización parcial" de este servicio, porque corresponderá a esas OCU, a cambio de un precio, la verificación de la adecuación a la normativa vigente de los proyectos que se quieran poner en marcha. El delegado ha precisado que el Ayuntamiento fijará un precio máximo que "seguramente" será menos gravoso que la actual tasa y que ésta "práctiamente desaparecerá" dentro de una "revisión en profundidad" de las tasas por obtención de licencia que se abordará este año.

También ha manifestado que la Ley del Suelo no establece ningún impediento para crear esos organismos de control; que los colegios profesionales, incluido el de Arquitectos, podrán crear entidades para ser OCU y que los negocios y locales a los que no se haya concedido la licencia a la entrada en vigor de esta ordenanza podrán acogerse a las nuevas condiciones. Según el alcalde, que ha valorado la "modernidad" que introduce la nueva ordenanza, se trata de "sustituir el control previo por una supervisión de la actividad", garantizando siempre el cumplimiento de la legalidad, de forma que se trate al ciudadano como tal "y no como súbdito" y se considere su "madurez" para el cumplimiento de la ley.

Más "facilidades y seguridad jurídica"

Gallardón está convencido de que este nuevo sistema de concesión de licencias, que al menos por el momento sólo se aplicará a actividades y no a la construcción de viviendas, "va a tener una incidencia directa en la generación de empleo en la ciudad de Madrid", al acortarse los plazos para abrir nuevos negocios. A su juicio, dará "facilidades y seguridad jurídica" a los empresarios. "La normativa está marcada por la Directiva de Servicios, aprobada el 12 de diciembre de 2006 por el Parlamento y el Consejo Europeo y que marca una pauta a las administraciones. Nosotros hemos esperado a que el Consejo de Ministros transpusiera la directiva a la legislación europea para reducir las trabas que restringen el acceso y el ejercicio a de actividad", ha añadido, para destacar que el Ayuntamiento de Madrid es "la segunda administración en España en introducirla".

En cuanto al procedimiento, Beravo ha explicado que los OCU examinarán la documentación del promotor, comprobarán la legalidad y viabilidad técnica del proyecto, emitirán, en la mayoría de los casos en sólo 15 días, un certificado de conformidad, y después supervisarán la ejecución de la obra y realizarán un control periódico de la actividad. Para registrarse como OCU, deberán obtener la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación y después una autorización del Ayuntamiento. Estarán sometidos a una supervisión permanente tanto de la entidad de acreditación como del ayuntamiento y deberán responder por todas sus actuaciones y suscribir una póliza de seguros.

Tras conocer la aprobación del proyecto, David Lucas ha criticado que ésta es la "enésima vez" que el Gobierno municipal (PP) presenta un nuevo sistema de tramitación de licencias, cuando lo que debe de hacer es "cumplir las anteriores ordenanzas que ha ido aprobando". El portavoz socialista ha apostado porque sea la iniciativa pública quien desarrolle este nuevo sistema y ha instado a Gallardón a "confiar en las Juntas de distrito y en los trabajadores municipales dotándoles de más medios". Lucas ha incidido en que "el gran problema" que ha existido en la gestión de licencias municipales "no era que no hubiera una buena ordenanza, sino que la Ordenanza se incumplía sistemáticamente por la falta de control político". La actual Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004 continuará vigente para las solicitudes no incluidas en el ámbito de aplicación del nuevo sistema (las de obras en uso residencial y otras expresamente excluidas).

El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, y el delegado de Hacienda, Juan Bravo, en la rueda de prensa en la que han informado de los cambios en las licencias urbanísticas.
El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, y el delegado de Hacienda, Juan Bravo, en la rueda de prensa en la que han informado de los cambios en las licencias urbanísticas.AYUNTAMIENTO DE MADRID

Sólo tres procedimientos

Las ordenanza reduce a tres el número de procedimientos necesarios para la obtención de la licencia al convertirse el de actuaciones comunicadas en una comunicación previa que no precisa de respuesta municipal. Los tres procedimientos son ordinario común, ordinario abreviado y procedimiento para la implantación o modificación de actividades. Por el ordinario se tramitarán las que requieran la realización de obras con proyecto técnico.

Será "común" si el proyecto técnico es de obras de edificación y "abreviado" si las obras requieren otro tipo de proyecto técnico. Las actividades con características determinadas como aquellas sometidas a evaluación ambiental, las de espectáculos públicos o actividades recreativas o aquellas que precisen de plan de autoprotección, entre otras, cuando no requieran la realización de obras que precisen de proyecto técnico, se tramitarán por el nuevo procedimiento de implantación o modificación de actividades. La implantación, modificación o cambio de actividades, requiera o no la realización de obras, que no deban tramitarse por cualquiera de los procedimientos anteriores, podrá llevarse a cabo mediante la comunicación previa al Ayuntamiento. Sería el caso, por ejemplo, del cambio de actividad en un local que pasara de zapatería a librería o de bar a actividad comercial cuando las obras que precisen no requieran proyecto técnico, o bien la apertura de un despacho profesional en una vivienda.

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