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El Consejo Fiscal se opone a divulgar los datos de todos los defraudadores

Cuestiona que se dé relevancia pública a todas las condenas por delitos contra Hacienda

Reunión del Consejo Fiscal, en enero de 2015.
Reunión del Consejo Fiscal, en enero de 2015.Samuel Sánchez

El Consejo Fiscal ha hecho público este lunes un informe que cuestiona de forma rotunda varios aspectos del Anteproyecto de Ley General Tributaria, que prevé la publicación de las sentencias en materia de fraude fiscal. La principal objeción se centra en la pretensión del proyecto del Gobierno de dar publicidad a todas las sentencias condenatorias firmes por delitos contra Hacienda. En su informe, preceptivo pero no vinculante, los fiscales advierten que "se hace muy difícil admitir" que en todos los procedimientos de este tipo "exista una relevancia pública" que justifique la divulgación.

El informe del Ministerio Público es más crítico con la reforma que el dictamen realizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que avaló el anteproyecto en términos generales como "un elemento preventivo y educativo". El Consejo Fiscal señala que la publicación en todos los casos podría vulnerar el derecho al honor y ha criticado que esta medida se limite a los delitos contra la Hacienda Pública y no se extienda a otros de mayor gravedad. En el escrito,  firmado por la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, se hace referencia a delitos castigados con mayores penas, como son aquellos contra la vida, integridad física, libertad sexual o contra la Administración Pública.

De esta forma, invita a "hacer una reflexión global sobre todos los tipos penales", delimitando las sentencias que deben ser objeto de publicación o conocimiento público, los datos de las mismas que deben ser conocidos y las forma de acceso a su conocimiento, en función de la gravedad de los delitos que hayan sido juzgados.

Por ello, estima que "podría considerarse la posibilidad de regular la forma de acceso público al contenido de las sentencias penales, pero valorando la gravedad de los hechos delictivos a los que se refieran aquellas", y hacerlo en el Código Penal y no en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Además, el Consejo Fiscal opina que la divulgación de datos  también podría menoscabar "seriamente" el principio de rehabilitación y reinserción contemplado en el artículo 25.2 de la Constitución, motivo por el cual, recuerda, el Registro Central de Penados fue declarado no público, especialmente a partir de 1983, en base "fundamentalmente de un interés en proteger el honor y la intimidad de las personas".

Problemas con la reinserción

En este sentido, insiste en que la publicación de las sentencias condenatorias "no puede frustrar la reeducación y reinserción social del delincuente", por lo que deberán establecerse las medidas necesarias para que, una vez cancelados los antecedentes penales, los datos de la condena se eliminen también del lugar en que hayan sido publicados.

Además emplaza a analizar más en profundidad si los fines que pretende el anteproyecto "pueden conseguirse de otra forma". El Consejo Fiscal propone como alternativas la notificación de tales sentencias a las administraciones implicadas o exigiendo a aquel que pretende que se le adjudique un concurso o una subvención "que acredite en el expediente administrativo que carece de antecedentes penales por este delito".

No obstante, el Ministerio público admite que, en términos generales, la reforma, que contribuye a la consecución de los intereses generales, debe prevalecer "sobre los individuales a la intimidad y protección de datos". Advierte, eso sí, que se haga "con una adecuada proporcionalidad y garantías".

Por último, y como también advirtió el CGPJ, cree que el principio de irretroactividad exige que la norma solo pueda aplicarse a los delitos que se cometan tras su entrada en vigor y no como recoge el anteproyecto, que pretende la aplicación a aquellos ya consumados y en trámite de instrucción o enjuiciamiento al tiempo de su publicación.

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