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IMPUESTO BANCA

El Constitucional suspende la tasa a los depósitos de Valencia

El Gobierno ha aprobado un impuesto igual para todas las comunidades

El Tribunal Constitucional ha admitido este miércoles el recurso del ejecutivo central contra el artículo de la Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana de diciembre de 2013 que prevé un impuesto sobre los depósitos bancarios y ha suspendido provisionalmente la entrada en vigor de dicho precepto.

Es decir, el pleno del TC, que está reunido esta semana, ha suspendido a petición del Gobierno el artículo 161 de la Ley de la Generalitat Valenciana de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat. El recurso del ejecutivo central se basa en que los tributos de las comunidades autónomas no pueden recaer sobre actos sometidos a gravámenes estatales. Además, el Gobierno central ha aprobado su propia ley sobre la tasa y que impone un pago del 0,03% por los depósitos. La recaudación iría a las propias autonomías.

Además, invoca el precepto legal de acuerdo al cual se suspende el artículo impugnado una vez sea admitido a trámite el recurso, suspensión que se mantendrá por cinco meses, en tanto no se toma una decisión sobre el fondo. Sobre esta segunda cuestión, el fondo del asunto, no se pronuncia el Constitucional al admitir a trámite cualquier recurso.

La ley recurrida introduce un nuevo impuesto propio y directo que grava los depósitos captados por las entidades de crédito en la Comunidad Valenciana, medida con la cual prevé recaudar 230 millones de euros en 2014 el ejecutivo valenciano.

El Gobierno central considera que la Constitución establece que "la potestad originaria para establecer tributos corresponde al Estado" y que la potestad tributaria de las comunidades autónomas "encuentra sus límites no sólo en los principios constitucionales, sino, además, en las leyes que dicte el Estado en el ámbito de sus propias competencias y en desarrollo de las previsiones constitucionales".

En el mismo acto de admisión a trámite de este recurso el tribunal de garantías ha dado traslado de su decisión al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno de la Generalitat Valenciana y a las Cortes Valencianas para que se personen en el proceso y formulen sus alegaciones.

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