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PRESUPUESTOS 2013

Los beneficios fiscales en 2013 crecen el 2,3 por ciento

Fachada de la sede del Banco de España en la plaza de Cibeles de la capital. EFE/Archivo
Fachada de la sede del Banco de España en la plaza de Cibeles de la capital. EFE/ArchivoEFE

Las cuentas -que hoy son presentadas en el Congreso por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro,- destacan la caída del 16,6 % de las deducciones en el impuesto de sociedades, debido a la coyuntura económica y a los cambios tributarios diseñados por el Gobierno para elevar el tipo efectivo que pagan las empresas.

También descienden, el 23,6 %, las deducciones fiscales por los impuestos especiales.

Sin embargo, se produce un incremento del 8,3 % en los beneficios fiscales en el IRPF (16.365 millones), como consecuencia de una mayor cuantía de las reducciones sobre rendimientos de trabajo (16 %) y de las exenciones de las indemnizaciones por despido (35 %).

Asimismo, los beneficios fiscales al fomento del empleo suponen la quinta parte (19,5 %) del total de los 38.986 millones.

Dentro de las medidas tributarias que incorporan los presupuestos destacan la actualización monetaria del último balance de las empresas o la limitación de la deducción fiscal por amortización a las grandes empresas.

Otras medidas son la incorporación a la base imponible del IRPF de las ganancias patrimoniales obtenidas a corto plazo y el gravamen del 20 % para los premios de loterías que superen los 2.500 euros.

En el IVA, se flexibilizan los requisitos para recuperar el impuesto ingresado en Hacienda pero no cobrado al cliente, en operaciones a plazos.

Respecto al juego "on line", se permitirá que las pérdidas se descuenten del importe de las ganancias del juego obtenidas en un mismo periodo impositivo.

El impuesto sobre patrimonio se prorroga un año, si bien las comunidades autónomas pueden establecer bonificaciones en este tributo.

En el ámbito inmobiliario, se elimina la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013.

Los presupuestos también recogen una actualización del 1 % de las tasas de la Hacienda estatal con carácter general.

Los ayuntamientos podrán optar por gravar mediante el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) el patrimonio histórico artístico afecto a actividades económicas.

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