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Columna
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Llamarse a engaño

Nadie puede ni debe llamarse a engaño. Cuando ejercemos el derecho de sufragio, los ciudadanos habilitamos a quienes elegimos como nuestros representantes para que adopten las decisiones que ellos crean que son las mejores para dirigir políticamente el país. Las decisiones de los gobernantes son del conjunto de la sociedad, también de quienes no han votado por el partido que ocupa el Gobierno, ya que, aunque quienes ejercemos el derecho de sufragio somos los ciudadanos individualmente considerados, quien habla a través del ejercicio de ese derecho es el cuerpo electoral que constituye la voluntad general. Esta es la regla de la democracia. La voluntad general democráticamente constituida es el contrapunto de las voluntades individuales de la que cada ciudadano es portador.

Acabamos de ejercer el derecho al sufragio y el cuerpo electoral de manera muy mayoritaria ha decidido confiar la acción del Estado al PP, que está empezando a concretar en qué dirección va a orientar dicha acción. Y lo ha empezado a concretar de una manera muy simbólica: congelando el salario mínimo interprofesional, que fue una de las primeras decisiones en materia económica que tomó la democracia española. El establecimiento del salario mínimo interprofesional en 1980 fue, por decirlo de una manera gráfica, un acto constituyente en materia económica. La democracia se singularizaba frente a la experiencia antidemocrática anterior, fijando un salario mínimo interprofesional. No figura en la Constitución política, pero es un elemento de la Constitución económica de la España democrática. Esto es lo que significó el salario mínimo interprofesional.

El legislador español fue más bien timorato y la cuantía del salario mínimo interprofesional no ha sido nunca elevada, ni en términos absolutos, ni en términos comparados. De ahí que ningún Gobierno desde entonces se haya planteado la congelación del mismo. Hasta esta semana. Supone la revisión del primer o de uno de los primeros actos constituyentes en materia económica de la democracia española. El mensaje es claro: no hay nada que no pueda ser sometido a revisión.

Una vez emitido este primer mensaje, parece que los ulteriores pasos en materia económica se van a posponer hasta la presentación de los Presupuestos Generales del Estado, que parece que se hará a finales de marzo, una vez que se hayan celebrado las elecciones autonómicas andaluzas.

Nada hay que objetar a esta forma de proceder. Ni desde el punto de vista del contenido ni desde el punto de vista del procedimiento. El PP está legitimado para tomar cuantas decisiones considere que deba tomar sin más límite que la Constitución y para decidir el momento en que deba tomarlas. Ese es el privilegio de la ocupación del poder en democracia. Es el contrapunto de la responsabilidad que los ciudadanos pueden exigirle.

Cada ciudadano es libre de imaginarse en que dirección pueden ir las medidas que adopte el Gobierno del PP. Pero nadie puede ni debe llamarse a engaño. Si van a hacer lo que consideren que tienen que hacer es porque los ciudadanos los hemos habilitado con nuestro voto. Esta habilitación únicamente es revisable dentro de cuatro años, pero los ciudadanos andaluces sí podemos decidir antes si estamos o no de acuerdo con la dirección que se apunta en la gobernación del país. Esta es una de las consecuencias de haber accedido a la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución. Tenemos la posibilidad de decir no, como tuvimos la posibilidad de hacerlo e hicimos el 28-F de 1980. O tenemos la posibilidad de decir sí. Pero insisto, que entonces nadie se llame a engaño.

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