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El TSJM confirma la condena de 15 años a Pitoño

Absueltos los otros dos acusados por falta de base acusatoria suficiente

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de 15 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a Antonio Sánchez Serrano, alias Pitoño, como responsable del homicidio de Álvaro Ussía. El joven de 18 años murió el 15 de noviembre de 2008 después de que Sánchez, jefe de los porteros de la discoteca madrileña El balcón de Rosales, le rompiera el corazón tras lanzarse de rodillas contra su pecho cuando estaba en el suelo.

Además de confirmar la condena a Sánchez, el alto tribunal madrileño, en un fallo fechado el 20 de julio y notificado ayer, revoca parcialmente la sentencia recurrida y acuerda absolver libremente a los otros dos acusados, también miembros del equipo de seguridad, David Sancio y David Alonso, de la comisión del homicidio como cómplices. La Audiencia de Madrid impuso a estos dos acusados cinco años de prisión por haber sido cómplices del delito.

Los hechos probados en la sentencia original son que Ussía estaba con unos amigos en la discoteca, en la que trabajaban los acusados. El joven tuvo un incidente con una chica y fue expulsado por los porteros. Una vez fuera les insultó. Sánchez le condujo hasta las escaleras de la propiedad, seguido por sus compañeros. Entonces, según el fallo, "Antonio [Sánchez] derribó a Ussía, cayendo al suelo de espaldas, tras lo cual Antonio se tiró de rodillas sobre el pecho, impactándole con todo su peso". La acción provocó "una rotura traumática del corazón por aplastamiento que le causó la muerte".

El TSJM ahora acepta la culpabilidad de Sánchez, pero argumenta que no "existe base suficiente" para imputar a Sancio y Alonso "la aceptación voluntaria de colaborar en un acto homicida cuando la muerte se produjo como consecuencia de una actuación guiada por un impulso de dolo eventual", ya que ni el autor tenía "el ánimo directo de matar".

La sala dice que "no comparte" el razonamiento del jurado, que concluyó que los ahora absueltos acompañaron a Sánchez al exterior del local con el propósito "de colaborar al logro de la muerte de Álvaro" y para impedir, "no se expresa cómo, que otras personas pudieran auxiliar al después fallecido". El tribunal cree que hay explicaciones alternativas a su conducta. Estas pueden incluir que salieran de la discoteca con la intención de "asistir a Antonio ante el temor de que pudiera surgir una pelea entre él y Álvaro o, simplemente, la de replicar o responder, incluso con el uso de la fuerza física, a los insultos recién recibidos de quien luego resultó muerto".

Los magistrados recalcan que "no existen razones sólidas" para exigir a los dos recurrentes responsabilidad criminal como cómplices por una muerte que "no han decidido ni aceptado". Según el TSJM, el crimen, realizado en un periodo de tiempo muy breve, "solo puede imputarse al comportamiento individual" de una persona: Antonio Sánchez.

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Antonio Sánchez, <i>Pitoño</i>, con su abogada en el juicio original.
Antonio Sánchez, Pitoño, con su abogada en el juicio original.TELECINCO

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