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El Supremo rechaza dejar en suspenso el límite de velocidad a 110

El Tribunal Supremo rechazó ayer suspender la entrada en vigor de la limitación de velocidad a 110 kilómetros por hora en autovías y autopistas, suspensión que habían solicitado la asociación DVuelta y la plataforma Movimiento140, que impugnaron el real decreto sobre reducción de la velocidad máxima.

Esas asociaciones reclamaron la nulidad de los artículos 1 y 2 del real decreto y propusieron como medida cautelarísima la suspensión de la entrada en vigor de la limitación a 110 kilómetros por hora mientras se resuelve el recurso que presentaron, alegando que, de otro modo, cuando se procediese a la suspensión se superaría el plazo de vigencia de cuatro meses establecido en la propia norma.

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El Supremo rechaza suspender el límite de velocidad a 110 por hora

El Supremo rechaza la suspensión señalando que los autores del recurso presuponen que la tramitación durará más de cuatro meses, cuando esa tramitación "debe ser lo suficientemente rápida para que concluya en una fecha muy anterior al referido plazo".

Por tanto, "no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado tanto más en una cuestión en la que están involucrados importantes intereses generales como lo son la seguridad vial y, en su caso, los de orden económico a los que se refiere la propia parte recurrente", concluye el Supremo. El tribunal da a la Administración del Estado cinco días para que efectúe las alegaciones.

Contra la Ley de Tráfico

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Según DVuelta y Movimiento140, la reducción de la velocidad a 110 kilómetros por hora es "contraria a la Ley de Tráfico" porque esta solo permite imponer límites a la velocidad por motivos de seguridad vial. "El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contiene", argumentan.

Automovilistas Europeos Asociados también ha recurrido ante el Supremo el real decreto, aunque no ha solicitado medidas cautelares.

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