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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Mañana podemos ser nosotros

Del elenco de derechos fundamentales plasmados en la Constitución, pocos habrá tan invocados y tan integrados en el subconsciente colectivo como el de la presunción de inocencia. A esa extensión de su conocimiento e implicaciones es seguro que habrán contribuido la multitud de películas norteamericanas en las que se nos muestras detenciones de "presuntos" rodeadas de garantías.

Sin embargo, no es tan seguro que a estas alturas esté también tan extendida como su mero conocimiento, la convicción de su eficacia y la necesidad de respetar tal derecho con exquisita prudencia.

Estamos (mal) acostumbrados a contemplar detenciones en directo, a informarnos de la imputación de delitos por una prensa que considera que la anteposición del término "presunto" al sustantivo "autor" es suficiente para respetar el derecho fundamental a la presunción de inocencia y para cubrir el expediente frente a posibles errores. Todos terminamos llevándonos por la inercia de estigmatizar como culpables a quienes bajo el foco de las cámaras, o en las columnas de los periódicos, son señalados como tales.

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Nada puede reparar al falso culpable

Pero olvidamos el dato fundamental de hacer seguimiento a la cuestión. Y no en pocos casos el ruido de la noticia inicial ahoga la realidad final de inexistencia de responsabilidad penal en quien hubo de sufrir los rigores de la lente de aumento en que se convierte la prensa. Grave error en un sistema jurídico como el español, en el que el procedimiento penal -tremendamente garantista-, no concluye con la detención o la imputación de una persona, sino que, respetuoso precisamente con el derecho de presunción de inocencia, abre un proceso que sólo concluye en condena con fundamento en las pruebas.

Por ello, lanzarse de manera inmediata a culpabilizar a quien únicamente es detenido con indicios más o menos sólidos, implica, además de una osadía que puede truncar la vida del afectado, la banalización del proceso penal y denota, en el fondo, la falta de verdadera convicción sobre los beneficios de respetar la presunción de inocencia.

Ahora corresponde a todos -no sólo a la prensa que ejerce su legítima función- decidir si creemos o no en la presunción de inocencia. Y si realmente creemos, empecemos a modificar nuestra percepción: los culpables lo son sólo cuando son condenados en un proceso con todas las garantías. Los errores de percepción, los prejuicios, los paga hoy un ciudadano con nombre y apellidos; mañana, podemos ser los demás.

Alberto Jabonero Corral es abogado.

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