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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La destitución de Zelaya

El señor Elorza, en su carta al director del 25 de septiembre, nos cita el artículo 239 de la Constitución hondureña viniendo a justificar la destitución del presidente Zelaya. Ahora bien, en el citado artículo 239 no se dice por ninguna parte que sea el Ejército el encargado de llevar a cabo esa destitución. De hecho, Antonio Elorza parece olvidar un pequeño detalle que asoma en el artículo 3 de la Constitución de Honduras y que nos puede ayudar a valorar la actuación de los militares y del Gobierno de Micheletti.

Nadie debe obediencia a un Gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.

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