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El Supremo ratifica la suspensión de los bancos de sangre

El Tribunal Supremo ha confirmado la suspensión cautelar del decreto de la Comunidad de Madrid que regula la constitución y el funcionamiento de los depósitos de sangre procedentes de cordón umbilical.

En una sentencia de la Sala de lo Contencioso, el Supremo mantiene este medida acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en mayo de 2006, mientras se resuelve sobre el fondo de la cuestión y rechaza todos los argumentos presentados por la Comunidad y por la empresa Secuvita.

El Gobierno y la Comunidad de Madrid se enzarzaron en una polémica hace dos años, ya que el ejecutivo regional aprobó un decreto sobre los bancos privados de sangre de cordón umbilical, que rechazó el Ministerio de Sanidad, y unos meses después hizo una regulación general de esta materia. El Alto Tribunal estima que si no se suspende el decreto madrileño, el proceso podría perder su finalidad y establece que debe continuar hasta que se resuelva el recurso presentado contra esta regulación.

En la sentencia, el Supremo considera que el Tribunal Superior hizo una valoración correcta de los perjuicios ocasionados por la aplicación de la norma madrileña y opina que son prioritarios los argumentos que defiende la Administración del Estado, entre ellos la imposibilidad de su reparación. Además, el Supremo recuerda que la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar la petición de la Comunidad de suspender el real decreto que regula los bancos de sangre de cordón umbilical "no hace otra cosa sino confirmar la tesis del Tribunal Superior sobre la posible incompatibilidad de la norma impugnada con la normativa estatal".

Por todo ello, el Supremo desestima todos los argumentos del Gobierno regional y de la empresa demandante al no apreciar las infracciones denunciadas y condena a pagar a cada uno de los recurrentes 1.000 euros por las costas del proceso.

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