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La Xunta condenada a indemnizar a dos familias de pacientes muertos

La muerte de un hombre y una mujer, ocurridas en un hospital y una residencia de Lugo en 2001, han llevado al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a condenar a la Xunta a indemnizar a las familias con 40.000 y 12.000 euros, respectivamente.

El primero de estos dos nuevos casos es el de un paciente de 78 años con enfermedad pulmonar obstructiva crónica que ingresó en abril de 2001 en urgencias del Hospital Xeral Calde de Lugo con una crisis respiratoria. Al día siguiente de su ingreso, una enfermera que cumplía su primer día de trabajo le administró un antibiótico al que era alérgico y que estaba destinado a otro paciente. El hombre entró en parada cardiorrespiratoria y la enfermera activó la "urgencia vital", pero los internistas de guardia tardaron 20 minutos en llegar a la habitación y atender al moribundo, que no pudo ser reanimado.

La sentencia considera que la demora se debió a una "clara descoordinación" hospitalaria, ya que la enfermera que atendía al paciente se vio desbordada en su primera jornada laboral por una sobrecarga de trabajo y por el complejo sistema de alerta del centro sanitario. Aunque los forenses descartaron que el error en el tratamiento hubiese ocasionado la muerte del enfermo, el tribunal sostiene que la demora en atenderlo le negó la posibilidad de salvar su vida.

En diciembre de ese año, en una residencia de Castro de Rei (Lugo), una mujer de 76 años con deterioro cognitivo moderado y graves problemas de estabilidad se dio un golpe en la cabeza al caerse en un pasillo. La mujer murió en el hospital al día siguiente. El Tribunal entiende que los responsables de cuidar a la residente no establecieron la vigilancia oportuna para impedir lo ocurrido.

Es la tercera vez en dos semanas que el Tribunal Superior condena al Sergas por circunstancias similares.

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