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LA JURISPRUDENCIA DEL 'CASO TAMPA' | La peripecia de un rescate

Los apestados del mar

Los inmigrantes, los solicitantes de asilo, los polizones, son una clase muy especial de náufragos. Son como los petroleros averiados: todo el mundo clama "sálvenlos", aunque añadiendo con la fría boca de la burocracia estatal "pero no me los traiga a mí". La situación de los náufragos eritreos a bordo del pesquero español Francisco y Catalina ilustra de nuevo esta sonrojante contradicción.

En el año 2001, el mundo entero se conmovió con la historia del buque noruego Tampa, cuyo capitán, Arne Rinan, recogió en la mar a más de 400 náufragos solicitantes de asilo, pero cuya entrada en aguas australianas fue militarmente impedida por ese país, que alegaba que correspondía a Indonesia acogerlos, dado que el rescate se había efectuado en aguas de competencia de ésta. A raíz de incidentes como ése, la Organización Marítima Internacional modificó en 2004 el Convenio SAR de 27/04/1979 (Search and Rescue Convention), así como el SOLAS (Security of Life at Sea Convention), una modificación que precisamente ha entrado en vigor el 1 de Julio de 2006. La preocupación de la agencia de Naciones Unidas era la de que, debido al egoísmo y cerrazón de los Estados, los marinos llegaran a "mirar para otro lado" cuando avistasen a esta moderna clase de desheredados en peligro en la mar, puesto que recogerlos no era sino una forma de garantizarse futuros problemas. Peligraba la tradicional solidaridad de la gente de mar y la seguridad de la vida humana. Por primera vez se establece taxativamente que todos los Estados implicados deben "cooperar" con el capitán del buque que haya recogido a los náufragos, con independencia de su condición, procedencia o documentación, para garantizar su desembarco en un puerto seguro. En el presente caso, eso significa que Malta no puede alegar como argumento para impedir la entrada del pesquero en sus aguas el hecho de que los náufragos fueran recogidos en aguas de competencia de Libia. Pero tampoco Libia, ni la misma España, pueden escapar a sus responsabilidades para con esos náufragos si Malta se niega a admitirlos. Todos están obligados a cooperar para lograr el desembarco seguro. El problema es que el término "cooperar" se sigue entendiendo por los Estados en la misma forma que antes: ayudamos sí, pero "no en mi puerto".

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"Lo que han hecho explica cómo son"

José María Ruiz Soroa es abogado especialista en derecho marítimo.

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