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Reportaje:

El derecho civil catalán avanza

La retirada de tres recursos por parte del Gobierno allana el camino para unificar en un solo código las leyes del Parlament

Cataluña recuperó la autonomía hace más de 25 años, pero todavía no tiene un Código Civil propio.

Tiene más de 40 leyes civiles aprobadas por el Parlament en este tiempo que regulan aspectos muy variados de las relaciones entre las personas y de la vida cotidiana, pero no están unificadas y sistematizadas en un solo código. Aunque pueda parecerlo, el derecho civil catalán no es un asunto menor que afecta sólo a juristas, sino un símbolo de identidad que, al igual que la lengua, se convirtió a finales del siglo XIX en uno de los pilares ideológicos del catalanismo político moderno después de que el Gobierno de la época quisiera imponer un único Código Civil para toda España.

Las más de 40 leyes civiles aprobadas desde 1980 por el Parlament se han refundido en dos grandes textos legales -el Código de Sucesiones, de 1991, y el Código de Familia, de 1998-, pero la pasada legislatura la Cámara catalana aprobó por unanimidad iniciar el proceso legislativo para armonizar todo el derecho civil catalán en un código. El planteamiento es que sea un código abierto al que se añadan las nuevas leyes y las reformas necesarias para adaptarlas a la nueva realidad social, y así lo asegura el preámbulo de una de estas leyes cuando afirma que "el legislador se impone el ritmo que considere más adecuado y, de acuerdo con las circunstancias sociales y las necesidades del país, dará prioridad a unas partes de la regulación y les imprimirá un ritmo más intenso". El gesto del Gobierno del PSOE de retirar tres de los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Ejecutivo de Aznar contra leyes aprobadas por el Parlament allana el camino para facilitar que algún día Cataluña tenga un Código Civil propio.

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Esto es un intento de radiografía de lo que se ha legislado, de lo que queda por hacer y algunos ejemplos de cómo afecta a la vida de los ciudadanos. "La función del derecho es organizar la convivencia entre las personas y eso y no otra cosa es lo que hace el derecho civil", asegura Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona y una de las voces más autorizadas en la materia.

- La estructura. El futuro Código Civil de Cataluña se estructura en seis libros. Cuatro de ellos ya están redactados. El primero establece precisamente la estructura, prescripción y caducidad. El segundo regula la persona y la familia, así como las parejas de hecho heterosexuales u homosexuales. El libro tercero alude a las personas jurídicas, incluidas las asociaciones y fundaciones, mientras que el cuatro libro del Código Civil se refiere a las sucesiones. Quedan por redactar casi en su integridad los libros quinto y sexto, que se refieren a los derechos reales y las obligaciones y contratos, respectivamente.

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- Familia y personas. Las leyes aprobadas por el Parlament en estos años han mejorado la posición de los cónyuges con respecto al hogar familiar de forma que el titular no puede venderlo ni hipotecarlo sin el consentimiento del otro. Resulta evidente, pero no estaba regulado, al igual que la sucesión testada e intestada. También se han equiparado los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio y se ha regulado la filiación. La tutela, la adopción y la acogida de ancianos son otros de los aspectos sobre los que se ha legislado, al igual que las parejas de hecho, homosexuales y heterosexuales, que están equiparadas al matrimonio, incluso respecto al impuesto de sucesiones. Esas y otras leyes, como la de apoyo a la familia, están incluidas en el Código de Familia pero, por ejemplo, de él se excluye la Ley de Uniones Estables de Pareja porque el Gobierno de CiU, con el apoyo del PP, se negó en su día en rotundo a introducirla. "¿Acaso esas situaciones no son también formas de familia? ", reflexiona Encarna Roca.

"Probablemente los temas de derecho de familia son los más ideológicos", añade. Ahora el tripartito tiene la intención de corregir la situación porque "el derecho de familia es dinámico y se debe actualizar", asegura Xavier Muñoz Puiggròs, director general de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat.

- Adopción de parejas homosexuales.

Es uno de los proyectos de ley estrella del Gobierno catalán y puede estar aprobado por el Parlament antes de que que acabe el año. No se trata de una ley pionera en España, puesto que Navarra, Euskadi y Aragón, donde también existe un derecho civil propio, ya la han regulado. La diferencia es que el proyecto de ley catalán elimina todos los obstáculos existentes hasta ahora en la adopción y admite de forma clara tanto la adopción conjunta por parte de parejas homosexuales, siempre que obtengan la declaración de idoneidad, como la de un hijo o hija del otro miembro de la pareja. Otra de las diferencias es que podrán adoptar no sólo las parejas de hecho, sino las que convivan maritalmente en todas sus formas. También se resuelven los litigios sobre los apellidos de los menores.

- Cuestión de competencias. Los recursos de inconstitucionalidad que presentó en su día el Gobierno del PP y que ahora ha retirado el PSOE consideraban que las leyes civiles aprobadas por el Parlament invadían competencias del Estado. Eso originó en su día la redacción de un manifiesto en defensa del derecho civil catalán, al que ya se han adherido 606 entidades y 7.300 personas. El Gobierno de Felipe González también recurrió ante el Tribunal Constitucional la Ley de Fundaciones Privadas de Cataluña y la Ley de Filiaciones aunque finalmente se acabó retirando del proceso. "En el modelo de Estado que nace de la Constitución de 1978 la unidad del ordenamiento jurídico y el sistema de distribución de competencias no son temas separados ni separables, porque las comunidades autónomas también son Estado y las normas que emanan de los Parlamentos autonómicos tienen la misma fuerza de ley que las dictadas por las Cortes Generales", afirma Xavier Muñoz.

- Los precedentes. La última recopilación de "constituciones y otros derechos de Cataluña" se publicó hace ahora 300 años. El original se conserva en el Colegio de Abogados de Barcelona y la portada se reproduce en la fotografía. También existe un incunable sobre la materia que data de 1495. El derecho civil catalán ha sobrevivido incluso en las épocas más oscuras de la historia. Así, el conocido decreto de Nueva Planta, que siguió a la derrota de 1714, uniformó el derecho público, pero no el derecho privado, como es el caso del derecho civil. Y en 1960, en pleno franquismo, se publicó la Compilación del Derecho Civil Catalán, la primera regulación moderna de la materia.

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