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Un tribunal anula la elección del rector de Las Palmas y califica la LOU de inconstitucional

La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas ha declarado la nulidad de las elecciones a rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y a repetir el proceso, al considerar que los votos emitidos en blanco en la segunda vuelta tenían que haberse computado, como establece la Constitución y la Ley Electoral General. La sentencia califica la Ley Orgánica de Universidades (LOU), aprobada en la última etapa del PP, y, especialmente, el artículo 20.3 sobre la validez de los "votos a candidaturas" como "incorrecta desde el punto de vista técnico jurídico".

La magistrada entiende que "es una redundancia e induce a confusión" el epígrafe que habla de "votos a candidaturas válidamente emitidos". Y reitera que, según la Ley Electoral General, la proclamación de electos debe computar "como votos válidos los obtenidos por cada candidatura más los votos en blanco" y, por tanto, "no cabe aducir que la universidad y sus sistema electoral tienen un régimen especial al margen de los principios que informan al ordenamiento jurídico de una sociedad democrática y, fundamentalmente, su norma suprema". Si no se quiere vulnerar el derecho constitucional (continúa la sentencia) "los votos en blanco han de computarse a efectos del cálculo de la mayoría, pues los mismos ponen de manifiesto la voluntad de un sector de la comunidad universitaria que se encuentra disconforme con las candidaturas presentadas" .

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