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La investigación judicial | CATÁSTROFE ECOLÓGICA

La Audiencia de A Coruña achaca el accidente al desprendimiento de una plancha mal soldada

El auto confirma la prisión para el capitán del 'Prestige' por su resistencia a dar remolque

La Audiencia de A Coruña confirmó ayer [PDF; >20MB] la prisión bajo fianza de tres millones de euros para el capitán del Prestige, Apostolos Mangouras, al entender que existen "sólidos y concluyentes" indicios sobre su resistencia a dar el remolque (desobediencia a la autoridad) y sobre su responsabilidad en el "deterioro catastrófico" del ecosistema (delito ecológico). El auto aconseja al juez instructor seguir indagando si la Administración, al decidir alejar el Prestige con "rumbo errático", agravó el riesgo de naufragio, que se produjo, dice, tras "el desprendimiento sin más de una chapa por defecto de soldadura".

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La sociedad clasificadora ABS, que garantizó la seguridad del barco tras una reparación en profundidad realizada en China en mayo de 2001, donde se le cambiaron varias planchas de acero suave, aseguró que era poco probable que el motivo de la vía de agua abierta en el barco fuera consecuencia del desprendimiento de una placa.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña dictó ayer el auto para responder a un recurso de reforma interpuesto por la defensa del capitán del Prestige, Apostolos Mangouras, contra la orden de prisión de este marino, dictada el pasado 17 de noviembre y ratificada luego por el juez instructor de Corcubión.

Sus letrados alegaron que los delitos que se le imputaban no revestían la gravedad necesaria para ser encarcelado y que la fianza no era razonable. Pero la sala entiende que del contenido de las investigaciones sí resulta la imputación de un delito grave. Y considera escasos los días pasados en prisión: "Aún ahora apenas rebasa el mes y medio".

El auto da un repaso a lo que considera hitos sumariales que cimentan su resistencia a la autoridad y rebate las tesis de la defensa de que Mangouras no supo que se hallaba ante órdenes precisas y terminantes de las autoridades españolas. Por todo ello, estiman que "concurren los suficientes indicios de realización de los presupuestos objetivos y subjetivos de un delito de desobediencia". Esta desobediencia implicaría que no suspendió o corrigió unas actividades que determinaban "vertidos en aguas marítimas", lo que acarrearía un "plus de gravedad".

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La Sala destaca en este campo de presunta obstrucción la "insólita demora" a accionar el obligatorio remolque de emergencia. "Hasta la intervención del remolcador De Da ese sistema no fue accionado. El porqué de esta insólita demora pertenece a la responsabilidad del imputado, que vulnerando la normativa al respecto y cuantas indicaciones, demandas e instrucciones recibió, omitió favorecer las maniobras -sobremanera las iniciales- merced a la utilización del nombrado mecanismo".

El daño ecólogico causado es considerado "más que evidente", si bien la sala considera pertinente "concretar, aunque sea genéricamente el deterioro a través de los informes oficiales a tal fin y que las comunidades afectadas (Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco) o la Administración central certifiquen qué espacios naturales protegidos fueron afectados y en qué medida por la marea negra de fuel proveniente del Prestige".

Para la Audiencia persisten razones para mantener al capitán en prisión sin minorar su fianza: peligro de fuga ante la gravedad de los hechos que se le imputan, y que podría frustrar el juicio; la "evidencia" de la alarma social producida; "la escasa duración" de su privación de libertad y su falta de arraigo en territorio nacional.

El petrolero <b></b><i>Prestige,</i> abierto por una de sus planchas y roto en dos, se hunde frente a las costas gallegas.
El petrolero Prestige, abierto por una de sus planchas y roto en dos, se hunde frente a las costas gallegas.EFE

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