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Los jueces abren de nuevo la vía del derribo del templo de Fuencarral

El tribunal admite la personación de cinco vecinos y la retirada de otros dos

El pleno de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid votó ayer mayoritariamente a favor de la propuesta que da vía libre a la demolición de una parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (Fuencarral). Los magistrados acordaron, con varios votos en contra, tener por personadas en las diligencias a los cinco vecinos que han pedido la demolición del templo y aceptar la renuncia de los dos litigantes que iniciaron el pleito. Al pleno asistieron unos 40 jueces de las nueve secciones que integran la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior.

Sobre esta iglesia de Fuencarral existe una orden judicial de derribo desde el año 1993 porque está muy pegada a un bloque de pisos y no respeta la separación legal mínima entre inmuebles (12 metros) que establece el Plan General de Urbanismo de Madrid.

El pleno se celebró ayer en la sede que el Tribunal Superior de Justicia posee en la plaza de las Salesas y se prolongó por espacio de casi tres horas. Ayer fue la segunda vez en los últimos 10 años que se reúne el pleno de la Sala de lo Contencioso-administrativo para debatir un asunto polémico, según fuentes jurídicas. La convocatoria del pleno la instó la Sección Primera del Tribunal Superior, que es la que tramita el tema del derribo parcial de esta iglesia, situada en la calle de Villa de Marín (barrio del Pilar).

En el orden del día había dos puntos: el primero, decidir si a estas alturas del proceso (la orden judicial de demolición la dictó la Sección Primera en 1993) cabe aceptar la renuncia presentada por los dos vecinos que iniciaron el proceso. Tras más de 10 años de pleito con la Iglesia y de haber conseguido una sentencia favorable al derribo, estos dos vecinos dieron marcha atrás -antes del pasado verano- en su pretensión y renunciaron a la demolición. El cambio de actitud de estos dos vecinos obedece a que el arzobispado de Madrid, dueño de la iglesia, les ha pagado a cada uno 271.000 euros (unos 45 millones de pesetas) a cambio de que desistiesen del proceso. En el pleno de ayer, los jueces acordaron aceptar mayoritariamente la petición de ambos vecinos de apartarse del proceso y renunciar a la ejecución de la sentencia de demolición.

El segundo punto que abordó ayer el pleno fue el más controvertido. Consistía en decidir si, en esta fase final de las diligencias (la ejecución de la sentencia), cabe o no admitir en el proceso, es decir, tenerles por personados, a otros cinco vecinos que exigen que la sentencia se ejecute; es decir, que se derribe la parte del templo (la que cubre el altar mayor) que colinda con sus casas y que no respeta la distancia de separación mínima con el bloque de pisos en que habitan.

La decisión de estos cinco vecinos de personarse en las diligencias es muy reciente: se ha producido tras trascender a la opinión pública que el arzobispado había pagado 271.000 euros a cada uno de los dos litigantes iniciales a cambio de que retiraran sus demandas.

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El alcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, del PP, manifestó la semana pasada que la petición de estos cinco vecinos de personarse en las diligencias debía rechazarse porque es 'extemporánea', es decir, que 'está fuera del plazo procesal'. Precisamente este punto fue el que suscitó ayer más debate en el seno del pleno del Tribunal Superior. De hecho, varios jueces se expresaron en contra de aceptar en el proceso a los nuevos litigantes. No obstante, los magistrados decidieron por mayoría que sí cabe tenerles por personados al tratarse de personas con interés en el proceso. Los jueces discrepantes anunciaron que formularían votos particulares.

Al aceptar la personación de estos cinco vecinos, el pleno valida indirectamente la demolición parcial de la iglesia, ya que la pretensión de estos cinco nuevos litigantes es que se ejecute la sentencia de 1993 que así lo establecía.

Fernando de Mateos, magistrado de la Sección Primera y ponente del caso de la iglesia, redactará ahora una resolución en el sentido acordado ayer por el pleno. Frente a la decisión de estos jueces cabe un recurso de súplica ante ellos mismos. Si el Arzobispado de Madrid, representado por el abogado Nicolás Pérez, interpone ese recurso, los jueces de la Sala de lo Contencioso deberán reunirse otra vez para estudiar las nuevas alegaciones que se planteen. Si se desestimase el recurso de súplica, lo que es previsible, dado que difícilmente una sala suele revocarse a sí misma, no está nada claro si cabría un recurso de casación ante la Sala Tercera del Supremo. 'Jurídicamente hay dudas de si cabe o no la posibilidad de acudir en casación ante el Supremo', afirman expertos juristas.

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