_
_
_
_
_
TRIBUNA

Con la LOU a cuestas

Han pasado varios meses de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Universidades, que se tramitó a toda prisa, y sin embargo, los desarrollos reglamentarios se toman su tiempo.

Han pasado varios meses de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Universidades, que se tramitó a toda prisa, y sin embargo, los desarrollos reglamentarios se toman su tiempo. Se pone plazo en la ley a la constitución del claustro y a la reforma de los estatutos, problema que se hubiera resuelto si no se disuelven innecesariamente los claustros existentes, y sin embargo, parece que no corre el calendario para la maraña de normas que debe aprobar el Gobierno. Ésta es una de las muchas paradojas y de los muchos misterios de quienes nos enfrentamos con la interpretación y aplicación de la LOU. De repente, aquella Universidad en peligro, llena de problemas, con serias situaciones de corrupción, que exigía la reforma urgente para acabar con endogamias, prevaricaciones y despilfarros, alcanza la paz y se corrige de sus males, sólo con la aprobación de una ley que casi no ha empezado a aplicarse. De repente, articulistas, tertulianos y profesores lúcidos y denunciadores preclaros de la crisis universitaria y de sus responsables callan como si su objetivo real no fuera la reforma de la Universidad, sino sólo la preparación artillera para crear un clima favorable a la aprobación de la ley. De repente, las descalificaciones y las acusaciones, los insultos y las denuncias contra los rectores, contemplados positivamente por la señora ministra y su equipo, y, según los mejor informados, planificados desde allí, se interrumpen y se reinicia la política de las comidas. Verdaderamente, la capacidad de la ley para resolver problemas es infinita y su aprobación tiene efectos taumatúrgicos y ha producido prodigios y milagros.

Pero es un efecto visión de oasis imaginario, un espejismo que no responde a la realidad y que podemos comprobar día a día los que llevamos la cruz a cuestas, es decir, el enfrentamiento con la realidad, que es aún peor y más dura que cuando la pintábamos muy negativamente durante los debates de aprobación de la LOU. Tengo, sin embargo, la impresión de que para muchos, no demasiado informados, y entre ellos muchos de los parlamentarios del Partido Popular, y muchos periodistas que se creyeron la propaganda o que hicieron un esfuerzo de voluntad para creérsela, estamos ante un tema absolutamente cerrado y definitivamente resuelto. La ministra y el Gobierno, con el presidente a la cabeza, son de la misma opinión y disfrutan felices por el éxito alcanzado según sus análisis. Los únicos mal colocados en este asunto son los parlamentarios de Convergència i Unió y el Gobierno de la Generalitat, que, sabiendo cómo era la ley, la votaron a favor, y que, informados por el Conseil Consultiu de las posibles inconstitucionalidades, despejaron el problema con la indigna afirmación de que era un problema que no afectaba a Cataluña.

La señora Del Castillo está iniciando, con la misma táctica, la reforma de las enseñanzas medias, y ahora toca la preparación artillera de desprestigio del sistema actual para dar entrada a la solución que todo lo resuelve, que en este caso es la llamada Ley de Calidad. Pero el tema universitario no está acabado, y por el contrario, tiene muchos frentes abiertos, y no sólo de oportunidad o de aplicación pragmática, sino también de principios, y muy radicales.

La Universidad es el núcleo central del pensamiento crítico y de la reflexión académica, controlando y disciplinando las visiones parciales, y en este tema el debate debe ser objetivo y distanciado. Por eso todos los que tienen algo que decir deben participar, incluidos, por supuesto, aquellos que han apoyado la necesidad de la ley y el esfuerzo para aprobarla desde el mundo del profesorado universitario. A todos les propongo una serie de temas que me preocupan y que pueden ser abordados individualmente, en equipo, en los organismos colegiados de las universidades y en la Conferencia de Rectores.

En primer lugar, el de la autonomía universitaria, a mi juicio disminuida como derecho fundamental en la ley, y afectada en su contenido esencial por la presencia de miembros no académicos en el consejo de dirección y por la atribución de competencias académicas al consejo social.

Por otra parte, está afectada en las universidades privadas la titularidad de ese derecho fundamental, que es de la comunidad universitaria, profesores, estudiantes y personal de administración y servicios. Sin embargo, en la ley se produce un considerable desplazamiento de muchas de las dimensiones del derecho en favor del promotor con una 'vis atractiva' considerable del derecho de propiedad del titular, y con un desdibujamiento absoluto de la comunidad académica, que carece de todo derecho y de estabilidad en el empleo, lo que compromete seriamente su libertad académica. La restitución del derecho fundamental a la comunidad universitaria en las universidades privadas es una exigencia importante que debe ser igualmente objeto de debate. Con esta ley, la derecha ha conseguido lo que no pudo obtener en la Constitución, cuando pretendió que el derecho de las personas físicas y jurídicas a crear centros docentes a todos los niveles supusiera también el derecho a dirigirlos. La firme oposición que mantuve a esa abusiva ruptura del consenso impidió que prosperase, y ahora, con la LOU, lo consiguen en el ámbito universitario, al privar a la comunidad de profesores, estudiantes y personal de administración y servicios del derecho fundamental a la autonomía universitaria, que garantizaba la dirección de las universidades privadas, y un ámbito protegido para las libertades académicas en el que el propietario no podía entrar. Aquí, con esta ley, todo el poder es para el propietario promotor, y las autoridades académicas, rectores, decanos, directores de departamento y profesores, en las privadas son sólo unos asalariados sin derechos. Por supuesto que aquí, no ya la endogamia, sino el nombramiento a dedo de los profesores ya no es problema. Éste sólo existe cuando en una comisión de cinco miembros dos eran dirigidos por la Universidad pública. Naturalmente que esa competencia estaba bajo sospecha, mientras que el propietario que nombra a quien quiera como profesor en su universidad goza de toda la credibilidad. La endogamia no la crean esos buenos y objetivos impulsores del servicio público de la enseñanza superior que son los propietarios de la universidades privadas.

Existen otros muchos temas, como las competencias de las comunidades autónomas, la confusión entre la universidad privada y la promotora, el reconocimiento de las universidades de la Iglesia católica, el carácter propio de la universidad privada, la intervención administrativa irrazonable y desproporcionada, el régimen del profesorado o el sistema de gobierno de las universidades públicas,

aunque me voy a centrar en uno que me parece el más grave de todos: la ruptura de la idea única de universidad con diferente configuración del estatuto de las universidades públicas y privadas.

La ley regula con todo detalle la organización y funcionamiento de las universidades públicas, llegando a un reglamentismo excesivo, mientras que lo hace muy genéricamente, y dejando toda la autonomía de regularización a los propietarios de las privadas, seguramente más dignos de confianza en la organización del servicio público de la enseñanza superior. En realidad, después de la LOU hay dos modelos diferentes de universidad que rompen la unidad del servicio público. El Estado, con esta ley desconfía de los suyos, las universidades públicas, y delega todo el poder configurador de las privadas en los promotores propietarios. Y la ruptura se exacerba en la disposición adicional cuarta al considerar orgánica la parte de la ley, muy pequeña y reducida, que regula las universidades privadas y al tiempo no orgánico el desarrollo de las universidades públicas, que es mucho más amplio y detallado. En ese precepto se consuma la desigualdad, se discrimina a las universidades públicas y, sobre todo, el Gobierno se despoja de la careta y aparece con su verdadera faz. ¿Cómo es posible que en una Ley Orgánica de Universidades se considere no orgánica la parte que desarrolla el núcleo de la ley, que es la organización de las universidades públicas? ¿Con qué título competencial desarrollan las Cortes Generales, a instancia del Gobierno, la organización de las universidades públicas si este desarrollo se considera no orgánico? Esa parte, disminuida por quienes tienen la obligación de defender la universidad pública y el modelo unitario del servicio público de la enseñanza superior, puede ser modificada por ley ordinaria. Cabe, pues, que una comunidad autónoma, en su ámbito competencial, establezca un modelo distinto de organización de la enseñanza pública. Cabe también que proliferen los modelos organizativos y funcionales de las universidades públicas hasta ser uno por cada comunidad autónoma.

Éste es uno de los disparates más llamativos, además de ser una inconstitucionalidad, de la ley que empezamos a sufrir y a soportar. Pero no es el único. Hacer a todos los contratados laborales, incluidos los asociados y los eméritos, quizás supere todas las medidas de lo no razonable. Sólo con buena voluntad se puede pensar que es un error por ligereza, por ir demasiado deprisa, o por haber reflexionado poco.

Y ahora que parece que la norma reglamentaria que va a desarrollar las habilitaciones va a ser conocida pronto, como si no quisieran que descansásemos de los sobresaltos, nos lanzan el globo sonda de que podrán formar parte de los tribunales todos los profesores que estuvieran en excedencia o servicios especiales. Si esto se confirma habremos traspasado el límite de la incompetencia y nos habremos instalado en la acción dolosa malintencionada y al servicio de intereses muy poco públicos y muy alejados del interés general. Resulta ahora que la búsqueda de la calidad, del candidato adecuado e idóneo, la superación de la endogamia nos va a venir de personas de fuera de la Universidad, que no están en activo en ellas a veces desde hace muchos años, o que tienen a la Universidad como entretenimiento. Estamos ante un atentado más a la autonomía universitaria, fingiendo que la sirven y la desarrollan, los antiguos profesores en excedencia o en servicios especiales, que trabajan en un despacho en una auditoría, que están en el Parlamento, como diputados o senadores, al servicio del Gobierno o de la Administración, ya sea en el Estado o en las comunidades autónomas, o en una universidad privada. ¿Pueden esas personas participar en las comisiones de habilitación? ¿No es una medida contradictoria, como la de exigir sexenios de investigación para participar en esas comisiones?

Si esta propuesta prospera, habríamos achicado la esfera de la libertad académica y de investigación, entre otras, para entregar parte de las decisiones sobre el futuro profesorado a personas que no tienen estima por la Universidad, que la han abandonado y que han decidido trabajar al margen por razones económicas o políticas, en todo caso, no universitarias. Pero estamos ante una posición que, como otras muchas que hemos señalado, expresa falta de respeto por la Universidad y por su autonomía y sitúa en su verdadero lugar a las motivaciones que decía tener el Gobierno para reformar la Universidad. La más real y que se desprende de todos los ejemplos es su obsesión por disminuir la autonomía y por desactivar a la universidad pública. Pero tampoco debemos enfrentarla con la universidad privada, que sufre también una seria agresión, como comunidad académica de profesores, estudiantes y personal no docente. Los únicos que ganan son los propietarios.

¿Se puede seguir sosteniendo que la Ley Orgánica de Universidades es la solución para los problemas universitarios? Más bien pienso, al contrario, que es un problema para la solución. Si el Tribunal Constitucional no repara estas deficiencias y estos errores, algunos de los cuales son irreparables y otros expresión de una decidida posición de desconfianza en una universidad pública, autónoma, libre y crítica, habrá que acatar la ley, aplicarla con el criterio que produzca el mínimo daño a los valores universitarios esenciales, recurrirla cuando corresponda, aprobar los estatutos reformados con los cambios obligados y ni uno más, y procurar sobrevivir. No es la primera vez en su historia, y mucho menos en España, que la Universidad ha tenido que defenderse de sus ministros 'competentes', aunque la reiteración en el daño no es consuelo.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_