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El Supremo ratifica la pena de siete años al ex juez Estevill por delito fiscal

La Audiencia de Barcelona decidirá sobre su reingreso en prisión

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó al ex magistrado y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial Luis Pascual Estevill como autor de tres delitos fiscales. La sentencia condenaba a Estevill a siete años de prisión y al pago de 100 millones de multa y otros 100 millones a la Hacienda pública. Estevill se encuentra actualmente en libertad condicional.

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La sentencia del Supremo desestima el recurso presentado por Pascual Estevill y también el presentado por la fiscalía y el abogado del Estado, que pretendía un cuarto delito fiscal que hubiera aumentado la condena al ex juez, ya que se le impusieron dos años, cuatro meses y un día de condena por cada delito y se declaró prescrito un posible cuarto delito fiscal. Esta última defraudación considerada prescrita corresponde al ejercicio 1998 y ascendía a 238 millones de pesetas.

Estevill -que se declaró judicialmente insolvente- disfruta en estos momentos de la condición de libertad provisional, después de haber cumplido un año y 10 meses de prisión preventiva como consecuencia de otro procedimiento por presunto delito de cohecho y alzamiento de bienes, que instruye el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Anteriormente, en julio de 1996, el Supremo le había condenado por prevaricación.

La confirmación de la sentencia de la Audiencia de Barcelona por delitos fiscales vuelve a trasladar al tribunal juzgador la ejecución de la misma y la decisión sobre el nuevo ingreso en prisión de Pascual Estevill, esta vez en cumplimiento de pena por ocultar unos 100 millones de pesetas durante los ejercicios fiscales de 1989, 1991 y 1993.

Pascual Estevill, de 67 años, accedió a la magistratura en 1990 por la vía del cuarto turno, reservada a los 'juristas de reconocido prestigio'. Cuatro años después fue promovido a una vocalía del Consejo General del Poder Judicial, a instancias de CiU. Cesó como vocal poco antes de que el Supremo le condenada por un delito continuado de prevaricación y detención ilegal cuando ejercía funciones de juez en Barcelona.

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La instrucción de varias querellas por supuesto cohecho le llevó a prisión durante un año y 10 meses. En la Nochebuena de 1998 consiguió reunir, en sólo 24 horas, la fianza de 100 millones de pesetas decretada por el magistrado instructor del caso para salir de la cárcel.

Su estancia en la cárcel de Quatre Camins -que depende de la Generalitat de Cata-luña- fue denunciada por diversos sindicatos como ejemplo de 'trato de favor' por parte de las autoridades carcelarias que dependen del Gobierno de CiU.

Cuenta en Suiza

Por otra parte, el juez suizo Daniel Devaud tiene abierto contra Pascual Estevill una causa por supuesto delito de blanqueo de dinero en Suiza, donde Estevill poseía una cuenta bancaria en la entidad Banque Darier. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña investiga pagos recibidos por Estevill, precisamente en esa cuenta, en contrapartida de decisiones judiciales. Estevill siempre negó ante la justicia española la existencia de esta cuenta.

La redacción de la sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Supremo -de 42 folios- ha sido especialmente elaborada por la Sala Penal ya que contradice otras anteriores sobre la prescripción del delito fiscal. Como la reciente del caso Inverbroker, que establece si han transcurrido los cuatro años dentro de los que la Administración está facultada para determinar la deuda tributaria, no será posible iniciar procedimiento por delito fiscal.

Ahora el Supremo mantiene que existe una independencia de plazos, entre el de la Administración y el judicial para la prescripción, ya que en ocasiones no es posible practicar la evaluación de la deuda tributaria en el plazo.

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