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TENSIÓN EN LA ALTA TENSIÓN

Los juristas dicen que el interés público no debe anular la autonomía municipal

El punto de discordia es la obligatoriedad o no de la licencia de obra

La ley siempre ha admitido múltiples interpretaciones y en el conflicto de la línea de Les Gavarres, más todavía. Por eso no es de extrañar que los juristas no se pongan de acuerdo sobre si la razón legal está del lado del Ayuntamiento o de la Generalitat. En lo que sí coinciden es en que el 'interés público' que argumenta la Generalitat para imponer el trazado de la línea de Les Gavarres no tiene por qué anular el principio de autonomía municipal que defiende el consistorio para reclamar un trazado alternativo.

El conflicto legal de Les Gavarres fue interpretado de manera muy distinta por diversos juristas consultados ayer por EL PAÍS. Entre ellos, dos miembros del Consejo Consultivo de la Generalitat, el organismo que se pronuncia sobre las leyes que elabora el Parlament o impulsa el Gobierno autonómico. Ambos pidieron el anonimato, pero de manera genérica coincidieron en que no está nada claro que el Ejecutivo catalán pueda imponer por decreto el trazado de la línea de alta tensión. Uno de ellos fue incluso muy contundente al afirmar que 'es posible que el alcalde tenga razón y, por tanto, no es extraño que el Ayuntamiento de Llagostera paralice las obras por falta de licencia municipal'.

Mucho más contundente se mostró, también de manera anónima, un magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) 'En un Estado democrático no puede haber una administración que se imponga a otra. Eso ocurría en el franquismo, cuando los municipios estaban tutelados'. Este magistrado recordó que el conflicto de Les Gavarres está desde ayer pendiente de lo que digan los tribunales y, por tanto, 'Ayuntamiento y Generalitat deberían esperar a que se resuelvan sus recursos' antes de actuar en uno u otro sentido. También añadió que tanto el decreto del Ayuntamiento de Llagostera, que paraliza las obras, como el de la Generalitat, que ordena que continúen, 'tienen apariencia de legalidad'.

Otros juristas consultados que ejercen en ámbitos distintos se expresaron también sobre la vertiente legal del conflicto.

- Margarita Robles, magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, aseguró que 'el interés de un ayuntamiento también forma parte del interés público' y se declaró, por principio, 'partidaria de las administraciones más cercanas al ciudadano'. En este sentido, la ex secretaria de Estado de Interior considera que 'la autonomía municipal no contradice en absoluto el principio de interés público', aunque precisó que 'cada caso y cada obra es diferente'.

- Rafael Entrena Cuesta, catedrático de derecho administrativo de la Universidad de Barcelona desde hace 41 años y abogado en ejercicio, recordó que existe una 'jurisprudencia vacilante' sobre si es obligatoria la licencia municipal. Entrena explicó que una parte de la doctrina sostiene que toda obra que se realice en un término municipal necesita esa licencia. Otras sentencias, por el contrario, defienden la tesis de que la obligatoriedad de la licencia municipal sólo es aplicable a las obras urbanísticas y no a las grandes infraestructuras. Entrena considera que la línea de alta tensión de Les Gavarres se encuadra en este útimo apartado y, por tanto, 'la postura de la Generalitat es defendible'.

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- Ignasi Davi Armegol, profesor de derecho administrativo de la Universidad de Barcelona y abogado especializado desde hace 28 años, explicó que 'es muy difícil determinar dónde empieza y dónde acaba el interés público'. Por eso, precisó: 'Yo siempre digo a mis alumnos que el interés público es una expresión que todo lo ampara y todo lo justifica pero que nadie sabe definir muy bien'. Este jurista recordó que lo deseable habría sido no tener que acudir a los tribunales y que las administraciones se hubieran puesto de acuerdo hace tiempo, antes de que empezaran los cortes de suministro.

- Guillem Vidal, presidente del TSJC, recordó que la resolución dictada el jueves por la magistrada de Girona desestima la pretensión del Ayuntamiento de Llagostera de paralizar las obras de Les Gavarres. Por eso, Vidal restó importancia a las consideraciones a favor del consistorio que se realizan en los fundamentos jurídicos de ese auto y añadió que el único valor que tienen esas consideraciones es 'razonar y motivar el fallo' final de la resolución, sin otra fuerza jurídica vinculante.

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