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Un juez debe decidir si la ONCE está obligada a afiliar a niños inmigrantes

Un juez de Madrid tendrá que pronunciarse sobre la negativa de la ONCE a afiliar en su seno a dos menores inmigrantes discapacitados e invidentes. Deberá intervenir un juez porque el próximo día 1 expira el plazo de tres meses dado en diciembre por la Fiscalía de Menores de Madrid a la ONCE para que afiliase a ambos niños y, sin embargo, este organismo sigue rechazando tal posibilidad.

La fiscalía, si la ONCE no modifica antes del 1 de marzo su actitud, presentará una demanda contra el Consejo del Protectorado del Estado sobre la ONCE, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, según fuentes jurídicas.La fiscalía entiende que estos menores necesitan de cuidados especiales y que el hecho de carecer de nacionalidad española no exime a la ONCE (un organismo privado no gubernamental, pero con tutela estatal) de tratarles igual que a los niños españoles invidentes. Las citadas fuentes aseguran que no afiliarlos supone vulnerar el Convenio Internacional sobre Derechos del Niño, sucrito por España, e incluso la Ley de Extranjería. Los dos menores cuya afiliación rechaza la ONCE son una niña de Kazajistán, de 8 años, víctima de una grave lesión neurológica, y un niño iraní, de 12 años. Ambos son ciegos.

Rafael Mondaca, subdirector de relaciones internacionales de la ONCE, recordó ayer que los niños ya están escolarizado, pero reiteró que el estatuto de la organización prohíbe asociarlos si carecen de la nacionalidad española. Ser afiliado a la ONCE significa tener todos los derechos que establece este organismo; en definitiva, disponer de un trabajo de por vida y de una calidad de vida. En cambio, si sólo se les escolariza, la ayuda de la organización que dirige José María Arroyo se desvanece cuando termina la edad escolar.

El director general adjunto de la ONCE, Santiago Galván, abundó ayer, en declaraciones a Europa Press, en que los estatutos de la ONCE, "legalizados por Consejo de Ministros", establecen que la nacionalidad española es condición indispensable".

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