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Tres multas contra dos jueces han prescrito por falta de ejecución del Poder Judicial.

El juez que absolvió al ATS que besó los pechos a una paciente no cumplirá la sanción

Tres multas impuestas por el Consejo General del Poder Judicial a dos magistrados en los últimos años han prescrito por falta de ejecución, según la comisión disciplinaria del Consejo, que preside el vocal Teófilo Ortega. Dos de ellas, de 50.000 pesetas cada una, fueron impuestas a Miguel González Calderón, el juez que absolvió a un ATS, denunciado por una paciente de 60 añós a la que besó los pechos. La sentencia consideró difícil que la denunciante despertara "deseo libidinoso" en el sanitario. La inactividad en la ejecución permitirá al juez un ahorro de 100.000 pesetas. Según la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la "paralización del procedimiento tendente a su ejecución y el transcurso de al menos un año" en esa pasividad respecto a la sanción, ha permitido que la escandalosa sentencia del juez González Calderón, que le acarreó dos multas por un total de 100.000 pesetas, le resulte gratis. El 20 de diciembre de 1999, la comisión acordó remitir oficio a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fin de que dejara "sin efecto la ejecución por la vía de apremio de dichas sanciones".El origen de las sanciones al magistrado González Calderón fue la sentencia que dictó en 1991 como juez de lo Penal de Alcalá de Henares (Madrid), por la que absolvió a un ATS que besó los pechos de una paciente de 60 años. El juez fundamentó su decisión en la ausencia de "deseo libidinoso" en el sanitario, ya que "es difícil que la denunciante, actualmente", decía, "despierte esos instintos en el acusado, ATS que por su profesión tendría, sin duda y posiblemente a diario, mejores oportunidades".

Sanitario condenado

El fallo fue revocado por la Audiencia de Madrid, que condenó al sanitario a cinco días de arresto menor como autor de una falta y a indemnizar a la víctima con 50.000 pesetas. Pero además, Clemente Auger, entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, remitió la sentencia al CGPJ.

El 26 de noviembre de 1992, aunque varios vocales propusieron expulsarle de la carrera por falta muy grave, el CGPJ sancionó al juez González Calderón con dos multas de 50.000 pesetas: una por "falta grave de consideración respecto a los ciudadanos" y otra por "falta de respeto a los superiores en el orden jerárquico", en este caso al presidente Auger. El CGPJ fundamentó la primera sanción en que el juex se excedió en su sentencia, en la que incluyó juicios personales "despectivos" y atentatorios a "la intimidad, el honor y la propia imagen" de la paciente cuyos pechos fueron besados por el ATS.

No hubo acuerdo unánime, y seis vocales del sector conservador -encabezados por el entonces vicepresidente José Luis Manzanares y los vocales Andrés de la Oliva y Margarita Mariscal de Gante, hoy ministra de Justicia- discreparon de la resolución sancionadora.

Aunque estos vocales quedaron en minoría, la inactividad del CGPJ en la ejecución de las sanciones ha hecho que prospere su criterio, ya que González Calderón no ha tenido que pagar las multas. A propuesta del actual vocal Enrique Arnaldo, la comisión disciplinaria del CGPJ ha declarado la prescripción de ambas multas, en aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece la prescripción de las faltas graves al año de su firmeza. La comisión disciplinaria aprecia que el procedimiento de ejecución "ha sufrido sucesivas paralizaciones por plazo muy superior al citado", por lo que no se exigirá el pago de las multas.

Igual acuerdo ha tomado la comisión disciplinaria, a propuesta de su presidente, Teófilo Ortega, en relación con la multa de 50.000 pesetas impuesta el 24 de enero de 1996 al entonces juez de primera instancia e instrucción de Alcalá de Henares (Madrid), Juan Antonio Gil Crespo, por la falta grave consistente en "la obstaculización de las funciones inspectoras" del Consejo.

La comisión disciplinaria ha acordado que, aparte de requerirle el 25 de septiembre de 1996 el pago de la multa, "no se ha realizado ninguna otra actuación para la ejecución de la sanción", por lo que "procede declarar la prescripción de la misma".

En contraste con esta pasividad, la comisión disciplinaria del CGPJ, que tiene expedientado al juez decano de Santa Cruz de Tenerife, Joaquín Luis Astor Landete, por supuesta intromisión en la potestad jurisdiccional de una juez de lo social sustituta, a la que indagó sobre los 276 asuntos que tenía pendientes, ha decidido investigar también al mismo juez por críticar al CGPJ.

Ante la apertura del expediente, a pesar de que la inspección del CGPJ propuso archivar el asunto e indagar, en cambio, a la sala de gobierno que amparó a la juez, Astor Landete calificó de "inaudita" la decisión de expedientarle, que atribuyó a una concepción de la "justicia anquilosada", en contraste con quienes la entienden como servicio público.

"Trato discriminatorio"

El vocal Enrique Arnaldo remitió a Teófilo Ortega, presidente de la comisión disciplinaria, varios recortes de prensa que recogían las declaraciones críticas de Joaquín Astor Landete, "a los efectos que resulten oportunos". Y se han ordenado unas diligencias informativas, previas a un nuevo expediente, a las que el investigado ha respondido con un escrito en el que denuncia a la comisión disciplinaria por el "trato discriminatorio" de que está siendo objeto.Astor Landete confirma su criterio de que existe una justicia anquilosada y considera las diligencias abiertas "un ataque frontal al derecho constitucional a la libertad de expresión", cuando se utiliza, como en este caso, para considerar "inconcebible" que algunos vocales "pudieran estar sirviéndose de sus atribuciones [disciplinarias] para fines que no tienen nada que ver con la justicia".

"Nunca creí que en el poder judicial hubiera que defenderse el derecho a la libertad de expresión, cuando son los propios jueces los encargados de tutelarla", señala Astor Landete.

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