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EL 'CASO BANESTO'

El tribunal espera terminar el juicio de Banesto el 2 de diciembre

El tribunal del caso Banesto espera dejar visto para sentencia el juicio oral el próximo jueves, día 2 de diciembre, tras añadir esta semana una sesión adicional a las tres que suelen celebrarse. Mañana 1 de diciembre se cumplirán dos años exactos desde que comenzó la vista oral, el 1 de diciembre de 1997.Ayer, el letrado Juan García Alarcón solicitó al tribunal una sentencia absolutoria para su cliente, Eugenio Martínez Jiménez, acusado de cooperador necesario en dos operaciones de presunta estafa y/o apropiación indebida, realizadas con el grupo Banesto por el grupo Euman-Valyser, al que representaba Martínez Jiménez. Según el ministerio fiscal y las acusaciones particulares y populares, Martínez Jiménez actuó como testaferro de Mario Conde, ex presidente de Banesto.

La defensa de Martínez Jiménez puso de relieve lo que considera virajes fundamentales en la acusación contra su cliente. Primero, según explicó el letrado citado, se aseguraba que el grupo Euman-Valyser era propiedad exclusiva de Mario Conde; más tarde que podían existir varios propietarios, para pasar a afirmar en los escritos de conclusiones definitivas -con referencia particular al del ministerio fiscal- que era indiferente saber si Conde tenía una participación y a qué porcentaje podía llegar.

El letrado dijo que la figura de "cooperador necesario" con que se califica a Martínez Jiménez no tiene encaje en las operaciones descritas -Isolux y Promociones Hoteleras- ya que el acusado no tenía capacidad para disponer de fondos de las sociedades que procedieron a hacer los pagos enjuiciados -Portland Iberia y la Unión Inmobiliaria Internacional-, y como ninguno de los consejos de ellas han sido acusados, menos podría serlo Martínez Jiménez.

Tras el informe del citado letrado, tocó el turno a Javier Sáez de Pipaón, abogado de Fernando Garro, acusado por dos operaciones. El letrado atacó con fuerza las presuntas imprecisiones a la hora de definir qué posición ostentaba Garro en el momento de los hechos presuntamente delictivos y subrayó que el cambio de calificación realizado por los fiscales - estafa y apropiación indebida- suponía un reconocimiento de su vacilación respecto de la prueba practicada.

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