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El Gobierno prohíbe fumar en los vuelos nacionales y en los autobuses interurbanos

Los trenes y los barcos tendrán vagones o compartimentos separados para los fumadores

Los fumadores que quieran viajar en transporte público por España y contemplar el paisaje con un cigarrillo en la mano sólo podrán hacerlo en compartimentos y camarotes especiales de trenes y barcos. El Consejo de Ministros, imitando la legislación de casi todos los países de la Unión Europea, aprobó ayer un real decreto por el que se prohíbe fumar en todos los vuelos con origen y destino en España, en los autobuses urbanos y en los interurbanos, en los que hasta ahora sobrevivían plazas reservadas a fumadores. El 35,7% de los españoles adultos se declara fumador.

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El decreto, propuesto por el Ministerio de Sanidad y Consumo, entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, es decir, cerca del mes de noviembre, y es el tercer decreto que se aprueba en España (los otros dos datan de 1988 y 1992) para restringir el uso del tabaco en los lugares de acceso público.El principal cambio con respecto a la normativa actual es el que se refiere a la prohibición de fumar en los autobuses. Lo referido a los aviones, trenes y barcos sólo completa o precisa disposiciones existentes o de carácter oficial a prácticas habituales en las empresas.

- Aviones. Hasta ahora, en los únicos vuelos nacionales en los que se podía fumar era en los que comunicaban la Península con Canarias, ya que, según el decreto de 1992, sólo estaba prohibido en los vuelos cuya duración programada no superara los 90 minutos.

La decisión del Gobierno de ampliar la prohibición a todos los vuelos nacionales se debe, según consta en el texto del decreto, a dos motivos: por un lado, a los problemas interpretativos que surgieron alrededor de la cláusula de los 90 minutos, sobre todo en lo que se refiere a las escalas intermedias y los problemas climatológicos (que podían llevar la duración de los vuelos más allá del tiempo estipulado); y, por otro, a la "cada vez mayor concienciación social del respeto debido a los no fumadores".

La prohibición es obligatoria tanto para las compañías aéreas españolas como para las extranjeras, incluso si se trata de un vuelo procedente del extranjero que hace escala en una ciudad española para luego dirigirse a otra. Por ejemplo, si en la escala en Madrid de un vuelo Hamburgo-Madrid-Palma de Mallorca, entran o salen pasajeros, en el último trayecto no se podrá fumar, aunque la compañía lo hubiera permitido en el primero. En todo caso, son muy pocas las compañías que todavía permiten fumar en sus vuelos. Iberia ya anunció en su momento que en todos sus vuelos, incluyendo los internacionales y transoceánicos, estará prohibido fumar a partir del 1 de septiembre.

Autobuses. Actualmente, las normativas municipales prohiben fumar en los autobuses urbanos y suburbanos, donde los pasajeros no ocupan asientos específicos durante todo el trayecto. El decreto aprobado ayer lo prohíbe en los autobuses urbanos de todo el país y también en los de larga distancia, en los que hasta ahora las empresas de transporte reservaban unos 15 asientos al final del coche para los fumadores. - Trenes y barcos. La separación entre fumadores y no fumadores se establecerá "por vagones o camarotes completos, incluyendo cabinas de literas o camas utilizadas por más de una persona". Renfe ya dispone sus reservas para fumadores de esta manera. El cambio más importante es la cantidad máxima de departamentos que podrán reservar las empresas a los fumadores: hasta ahora era el 50%; según el nuevo decreto no podrá superar el 36%, porcentaje similar al de la cantidad de españoles que se declaran fumadores, según la última encuesta de Sanidad.

El nuevo decreto no responde a una disposición de la Unión Europea, si bien acerca a España a las leyes ya vigentes en casi todos los países del continente. La UE sólo ha legislado sobre la publicidad del tabaco, que estará prohibida totalmente en el año 2006.

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