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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Quejas en los juzgados

DESDE QUE existen memorias anuales del Defensor del Pueblo es raro el año en el que la Administración de justicia no se lleve la palma en el capítulo de quejas ciudadanas por el mal funcionamiento de los servicios públicos. Quejas en modo alguno metafísicas, como las catalogó, con claro afán exculpatorio, en 1990 el entonces ministro de Justicia, Enrique Múgica, sino bien concretas: retrasos alarmantes, corruptelas, trato indigno o descortés, desinformación generalizada, impuntualidad en las citaciones, etcétera.Año tras año, estas quejas no han dejado de aflorar, pero más bien como derecho al pataleo del ciudadano, falto de instrumentos legales para plantearlas y para exigir una respuesta. Pocas promesas de los partidos políticos, sean de izquierdas o de derechas, han demostrado mejor su carácter electoralista -destinadas a ser olvidadas al día siguiente de las elecciones- que la de acercar la justicia a los ciudadanos. Por eso resulta audazmente novedosa la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de colocar en todos los juzgados y tribunales de España hojas de reclamaciones que permitan al justiciable exponer de inmediato sus quejas sobre el asunto que le atañe o el trato recibido y obtener una respuesta en un tiempo razonable.

La responsabilidad de la correcta tramitación de las quejas recaerá en los jueces decanos de los juzgados y en los presidentes de las audiencias provinciales y de los tribunales superiores de justicia, pero el Consejo reserva a sus servicios de inspección la última palabra sobre la resolución de la queja. Es una caución lógica si no se quiere que la decisión, como tantas otras, quede aparcada a las puertas de la oficina judicial. En España son numerosos los jueces que siguen anclados, y algunos con bríos renovados, en una concepción mayestática y corporativa de la justicia y que son reacios a su consideración como servicio público. Este tipo de juez no se sentirá precisamente feliz con que el derecho de queja del ciudadano se ejerza en un terreno considerado como propio. Éste es el principal obstáculo, mayor incluso que el presupuestario, con el que tendrán que vérselas los buenos propósitos del CGPJ. El desenlace de alguna experiencia del pasado, como la relativa al departamento de quejas y reclamaciones existente en los juzgados de Madrid entre 1994 y 1996, pone de manifiesto los riesgos del presente: el mismo decano que suprimió ese servicio al tomar posesión de su cargo es el que hoy debe poner en marcha la nueva oficina de quejas y reclamaciones en un conglomerado judicial tan necesitado de ella como el de los juzgados de Madrid.

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