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El Supremo absuelve al alcalde de Marmolejo de una estafa al PER

,El Tribunal Supremo ha absuelto a Cristóbal Relaño, alcalde de Marmolejo (Jaén), de un delito de estafa por el que fue condenado por la Audiencia de Jaén el 26 de noviembre de 1996. Sin embargo, el Supremo mantiene la condena en el caso de un delito de falsedad documental por la firma de falsas peonadas del Plan de Empleo Rural (PER). El proceso contra Relaño se emprendió hace unos seis años cuando un inspector de trabajo puso en conocimiento de la autoridad competente que la localidad se habían rubricado un exceso de peonadas si se comparaba con el desarrollo de la actuación a la que habían sido atribuidas.

La noticia inicial se refería a la firma de jornadas de trabajo, que en realidad no se habían cumplido, a unas 1.000 personas. La Audiencia Provincial encontró que el presunto fraude sólo había afectado a 50 y el Tribunal Supremo entiende que la falsedad documental alcanza sólo a las peonadas de nueve jornaleros. El Supremo exculpa al alcalde de Marmolejo de un delito de estafa que le habría supuesto, de acuerdo con lo dictado por la Audiencia de Jaén, seis meses de cárcel, seis años y un día de inhabilitación como cargo público y el pago de 12.105.682 pesetas, además de dos tercios de las costas judiciales, que ahora se sufragarán de oficio. De acuerdo con ese mismo dictamen, que acaba de comunicarse a las partes, Relaño es culpable de un delito de falsedad documental por el que debe cumplir un año de prisión, abonar una multa de 50.000 pesetas (sustituibles por cinco días arresto) y se le suspende del ejercicio del cargo durante un año. Según el abogado de Relaño, Marcos Gutiérrez Melgarejo, la suspensión, a diferencia de la inhabilitación, se impide al alcalde ejercer como tal, pero no evita que ocupe puestos públicos de otro orden. Esto significa que podría concurrir a las elecciones formando parte de una lista y mantener sus actas de concejal y diputado. En cualquier caso, Cristóbal Relaño puso ayer a disposición de la dirección socialista -matizando que no dimite- en la provincia los cargos que ocupa "para no dañar" ni al PSOE ni a las instituciones de las que es miembro (el Ayuntamiento de Marmolejo y la Diputación Provincial) como consecuencia de la sentencia del Supremo. Amparo El alcalde de Marmolejo insistió en su inocencia y en su voluntad de recurrir al amparo del Tribunal Constitucional para que se reconozca. "La sentencia", subrayó, "absuelve de un delito de estafa, me absuelve de seis años de inhabilitación como alcalde y me quita una multa de algo más de 12 millones de pesetas". "Sin embargo", dijo, "sigo pensando que soy inocente y, en estos casos, un demócrata, recurre". Además, su abogado justificó el recurso de amparo indicando que está convencido de que "se han vulnerado derechos fundamentales". Entre ellos destacó la presunción de inocencia. Gutiérrez Melgarejo explicó que los documentos requeridos como pruebas durante el proceso judicial no eran los oficiales, sino fotocopias de éstos, porque no se encontró la documentación original. Este será uno de los argumentos que esgrima ante el Constitucional. Además, el recurso de amparo deja en suspenso nuevamente la ejecución de la condena, por lo que ni la multa ni la suspensión de cargo se harán efectivas. Para el alcalde de Marmolejo resulta también satisfactorio que con la resolución del Tribunal Supremo quede fuera de sospecha el Ayuntamiento, que en la sentencia de la Audiencia de Jaén había sido declarado responsable civil subsidiario. El proceso en el que Cristóbal Relaño fue condenado sólo le afectaba penalmente a él en su calidad de alcalde y al propio Ayuntamiento, por la citada responsabilidad subsidiaria, puesto que los jornaleros involucrados sólo tuvieron que responder civilmente. El Partido Socialista aún no se ha pronunciado sobre la puesta a disposición de los cargos efectuada ayer por Relaño. El secretario de organización, Francisco Reyes, que lo acompañó en la comparecencia, ofreció sólo su "opinión personal" y comentó que la sentencia del Supremo "sigue siendo injusta".

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