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El Tribunal Militar mantiene a Perote en la cárcel y destaca que nunca debió abandonarla

Miguel González

El coronel Juan Alberto Perote, ex jefe de operaciones del servicio secreto Cesid, no sólo continuará en la cárcel, sino que nunca debió salir de ella. Así lo afirma el Tribunal Militar Central en el auto en el que desestima el recurso interpuesto por el defensor de Perote, el abogado Jesús Santaella, contra la decisión del juez togado Jesús Palomíno, que el pasado 29 de septiembre ordenó el reingreso del antiguo agente secreto en la prisión militar de Alcalá de Henares (Madrid).

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El tribunal considera que la decisión de conceder al coronel la prisión atenuada en su domicilio que el juez Palomino adoptó el 15 de julio, "no se ajustaba a Derecho", aunque no pudo anularla porque el, fiscal no recurrió.Perote fue detenido el pasado 18 de junio, después de que el entonces director general del Cesid Emilio Alonso Manglano, lo denunciara ante el juzgado militar por sustracción de documentos secretos. El coronel permaneció en prisión hasta que, el 15 de julio, el juez le concedió la prisión atenuada en su domicilio, que revocó el 29 de septiembre.

Frente a la pretensión de Santaella de que Perote vuelva a su casa, el Tribunal Militar afirma, en un auto fechado el 10 de noviembre, que no sólo no le corresponde tal derecho, sino que nunca debió disfrutarlo. Argumenta que la prisión atenuada "se caracteriza por su benignidad y, sobre todo, por su excepcionalidad. Se trata de un "extraordiñario privilegio", ya que el preso no sólo puede "vivir en su domicilio y acudir a su trabajo habitual, sino que el, tiempo permanecido en esta situación le sirve de abono para la pena que en su día se le impusiera".

"No se ajusta a Derecho"

Según el tribunal, esta situación sólo se justifica cuando concurren en el preso circunstancias excepcionales "como la edad avanzada y, sobre todo, el estado de salud", que "se encuentran muy lejos de parecerse siquiera" a las que se dan en Perote.

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En consecuencia, considera que la decisión de mandar al coronel a su casa, "no se ajusta a Derecho", pero recuerda que dicha, "resolución judicial no fue recurrida por el Ministerio Fiscal", ni por la defensa, lo que "impidió a la sala reformarla".

El tribunal expresa incluso su "sorpresa" porque Palomino tomase esa decisión 48 horas después de que aquél ratificara la prisión preventiva, aunque omite que, en el mismo auto, revocó el procesamiento por difusión de secretos, lo que llevó al juez a suavizar la situación de Perote.

En consecuencia, el tribunal considera "perfectamente comprensible, a la vista de las grandes ventajas que esta situación supone", que Perote reclame la prisión atenuada, pero no puede sino negársela porque lo contrario "supondría un clamoroso quebrantamiento de la ley".

Aunque admite que "con lo expuesto sería suficiente", el tribunal rebate uno a uno los argumentos de Santaella, señalando que no es en absoluto irracional o extravagante" que el juez tenga la "sospecha vehemente [y] razonable", de que Perote hizo copia de los papeles secretos que robó.

Para ello, se basa en "los documentos remitidos por el Cesid al juzgado el 25 de septiembre", que al parecer figuran en un sobre con el sello de secreto" examinado por el tribunal, pero, sobre todo, en el comportamiento del coronel, contradictorio con la afirmación de que no guarda copia de los papeles sustraídos.

A este respecto, subraya "el nada intrascendente dato de que el defensor del procesado solicitára y consiguiera del juez togado una ampliación del plazo concedido para que, precisamente, el procesado procediera a devolver los documentos que hubiera conservado en su poder. Circunstancia ésta", agrega, "tan singularmente significativa que no precisa mayores comentarios".

"Grave alarma social"

Respecto a la "alarma social", que el juez Palomino alegó para encarcelar de nuevo a Perote, el tribunal estima que "no puede ser minimizada y, menos, desconocida. No es nada irracional, infundado o arbitrario", dice, "que la sociedad se sienta gravemente alarmada por la presunta. disposición ilícita que haya hecho una persona de información muy sensible para la seguridad y la defensa del Estado".

En su opinión, tampoco resulta infundado "que el común de las gentes interprete que quien presuntamente se procura información de tal contenido y rele vancia, arrostrando el riesgo de un severo castigo, lo haga por que sí, sino con una finalidad [...] que, eventualmente, com prometería muy seriamente" la seguridad nacional.

Por otro lado, el juez del Tribunal Supremo Eduardo Móner, instructor del caso GAL, ha citado para que declaren como testigos, el próximo miércoles, al coronel Perote y al teniente general Alonso Manglano. Móner ha decidido también no reclamar los papeles del Cesid sobre la guerra sucia hasta que el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, resuelva el contencioso entre el ministro de Defensa, Gustavo Suárez Pertierra, y el juez Garzón, informa José Yoldi.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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