_
_
_
_
_

La Comisión del Mercado de Valores refundirá las normas para el control de autocarteras

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) está trabajando en la elaboración de una nueva normativa que, bajo el carácter de real decreto, refundirá todas las disposiciones que actualmente regulan el control de la autocartera en empresas cotizadas en Bolsa. El real decreto limitará al 5% el techo máximo en la compra de acciones propias y regulará la exigencia de comunicación oficial de aquellas operaciones de autocartera que se efectúen a partir del 1% del capital social.

La CNMV, que preside Luis Carlos Croissier, parece definitivamente dispuesta a poner coto a la autocartera con la inmediata promulgación de una normativa legal que integre y perfeccione las distintas disposiciones que han sido elaboradas hasta la fecha de forma puntual. En realidad, por el momento, la regulación de esta materia en las denominadas sociedades anónimas bursátiles tiene su eje en una circular publicada por la Comisión de Valores a finales del pasado año con el fin de reducir al 5% el techo máximo de autocartera que el texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas fijó en el 10% del capital.De esta forma, la compra de acciones propias en empresas cotizadas en bolsa se limita a la mitad de la que puede alcanzar una sociedad anónima ajena al mercado de valores, lo que, por otra parte, demuestra la sensibilidad que las autoridades bursátiles mantienen en relación con el fenómeno de las autocarteras.

Según ha señalado recientemente en Santander el consejero de la CNMV, Aníbal Sánchez, "el 10% de libre manejo en las sociedades anónimas bursátiles hubiera representado un arma decisiva en manos de los administradores societarios". De ahí, la conviencia de rebajar la participacion hasta el 5%. Pero es que, además, la Comisión de Valores, en su afán por garantizar la pureza en las reglas de funcionamiento del mercado, pretende también que toda operación de autocartera sea comunicada oficialmente por las distintas empresas en cuento que afecte como mínimo a un 1 % del capital. Esta obligatoriedad de información oficial constituye uno de los objetivos básicos del futuro Real Decreto que, en su caso, tendrá que ser formalmente aprobado a instancias del Ministerio de Economía y Hacienda.

Aníbal Sánchez analizó la incidencia de la ley del Mercado de Valores sobre la normativa de la sociedad anónima, calificando como "excesivo" el volumen de autocartera en las sociedades anónimas bursátiles, señalando que, por contra, la tenencia directa de acciones propias es "irrelevante".

La paradoja se explica fácilmente si se comprueban los distintos mecanismos que utilizan las empresas para guardar sus acciones en empresas filiales que, en determinados casos, controlan al 100% del capital. Para el representante de la Comisión de Valores, éste es el foco principal de autocartera que será convenientemente regulada en la nueva disposición legal.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_