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El Constitucional avala que las víctimas de Hipercor reclamen a la Administración

El Tribunal Constitucional ha acordado no admitir a trámite el recurso de amparo de Gabriel Gassol Baijet y otros heridos en el atentado terrorista contra el supermercado barcelonés Hipercor, perpetrado por ETA el 19 de junio de 1987 y en el que murieron 21 personas y otras 45 resultaron heridas. Los recurrentes impugnaron la resolución de la Audiencia Nacional, por estimar que, al remitirles a la vía administrativa, les cerraba el paso a discutir la responsabilidad civil directa del Estado. El tribunal avala la decisión de la sala, adoptada "en uso de su exclusiva potestad de interpretar y aplicar las leyes".

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, en el auto por el que fijó la vista oral del juicio para el 9 de octubre próximo, señaló la vía administrativa como supletoria para las indemnizaciones a las víctimas del atentado, con recurso a la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Tribunal Constitucional niega,que esta resolución sea "arbitraria o irrazonable" o que impida la discusión judicial sobre la responsabilidad civil directa del Estado y la cuantía de la misma, ya que la sala ha remitido a las víctimas "de forma motivada y razonada, y aun razonable"', dice, a la jurisdicción contencioso-administrativa.

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