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Condenado por sedición un alcalde que apoyó una huelga mediante decreto municipal

Rafael Montes Velasco, alcalde del municipio sevillano de Los Corrales, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis meses y un día de prisión menor, como autor de un presunto delito de sedición, por haber apoyado una huelga mediante decreto municipal. Para el abogado del alcalde, Tomás Iglesias, se trata de un caso sin precedentes, ya que no ocurre algo semejante desde 1935, y supone un precedente respecto al procesamiento de seis alcaldes comunistas de Sevilla, solicitado por el fiscal, por haber apoyado la huelga general del pasado 20 de junio.

El alcalde de Los Corrales, de la Candidatura Unitaria de los Trabajadores (CUT), inspirada por el Movimiento Comunista de Andalucía (MCA), dictó un decreto suspendiendo la actividad municipal el día 29 de julio de 1982, en solidaridad con una huelga convocada por el Sindicato de Obreros del Campo (SOC) como protesta por la falta de fondos para el empleo comunitario.En el juicio, celebrado el pasado 30 de septiembre, el fiscal solicitó seis meses y un día de prisión menor y la suspensión del cargo público durante este tiempo. Tomás Iglesias aduce que en la sentencia, que será recurrida, no se hace mención del artículo 28 de la Constitución, referente al derecho de huelga, "ni tampoco se menciona una sentencia del Tribunal Constitucional de abril de 1981, que da doctrina para poder interpretar en la actualidad el artículo 222 del Código Penal, que regula el delito de sedición".

Tomás Iglesias menciona también un informe de la Guardia Civil "totalmente descalificatorio acerca de la persona de Rafael Montes. El propio alcalde impugnó la utilización del informe como prueba en el juicio y, sin embargo, la sentencia hace referencia a 'la dudosa conducta del alcalde', cosa que se deduce del mencionado informe".

El alcalde Rafael Montes, de 32 años de edad, declaró a este periódico que "se trata de una resolución totalmente política, que ignora la Constitución y el derecho de huelga en ella recogido". Montes opina, al igual que su abogado, que "la huelga sólo es delito cuando intenta atacar el sistema democrático, y aquí lo único que se intentaba era reclamar los fondos del empleo comunitario".

El alcalde tacha también de inconstitucional el hecho de solicitar de la Guardia Civil un informe sobre su persona y su conducta, que es calificada de "dudosa", según el alcalde, por su ideología política, cuando se instruían las diligencias procesales. Montes concluyó diciendo que "este hecho es más propio del régimen anterior. Lo único que se persigue con esto es reprimir y retirar de las instituciones a la poca gente que queda realmente de izquierdas".

La importancia de esta sentencia se cifra en que es un claro precedente de lo que pueda ocurrir con seis alcaldes comunistas de la provincia de Sevilla, de los que el fiscal solicitó el procesamiento, a instancia del gobernador civil, Alfonso Garrido, por haber apoyado expresamente la huelga general del pasado 20 de junio, convocada por Comisiones Obreras y otros sindicatos contra la ley de pensiones. Javier Aristu, secretario provincial del Partido Comunista de Andalucía, aseguró en su día que, si era preciso, todos los alcaldes comunistas de España irían a testificar y a presentarse como presuntos sediciosos.

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