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Entra en vigor la ley de Incompatibilidades del personal de la Administración

La Ley de Incompatibilidades del personal de la Administración pública, cuyo principio inspirador es el de mejorar el funcionamiento de la Administración y moralizar la función pública, entró ayer en vigor. Asimismo, el régimen de incompatibilidades del personal del Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial y Tribunal de Cuentas, y de los componentes del poder judicial y personal de la Administración de Justicia será el establecido en la citada ley, según indica la Ley Orgánica 1/ 1985 de 18 de enero.

El preámbulo de la ley, aparecida en el Boletín Oficial del Estado el pasado día 4, señala que su regula ción exige de los funcionarios un esfuerzo testimonial de "ejempla ridad" ante los ciudadanos y constituye un "importante avance ha cia la solidaridad, la moralización de la vida pública y la eficacia de la Administración".

La nueva regulación de las in compatibilidades parte de la dedi cación del personal que presta ser vicios en la Administración a un sólo puesto de trabajo, "sin más excepciones que las que demande el propio servicio público, respetando el ejercicio de la actividad privada que no pueda impedir el cumplimiento de sus deberes o comprometer su independencia imparcialidad".

De este modo sólo se permitirá en el ámbito de la Administración, el ocupar un puesto de trabajo y percibir una única remuneracion con algunas excepciones que la propia ley establece en lo que s refiere a actividades docentes y sa nitarias.

La ley establece un plazo para que los funcionarios soliciten la autorización para ejercer una segunda actividad que consideren compatible con la que realicen en la Administración pública. El próximo 24 de abril finaliza este plazo para la mayoría de estos casos.

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